La fecha límite para que las organizaciones con fines no lucrativos presenten declaraciones es el 15 de febrero
Las personas morales con fines no lucrativos, como las organizaciones que cuentan con la autorización para recibir donativos deducibles, tienen como límite para presentar las declaraciones anual, de clientes y proveedores e informativas, el 15 de febrero de 2007. Las declaraciones informativas que se deberán presentar a través del esquema “Declaración Informativa Múltiple” (DIM) son las siguientes: 1. Del crédito al salario pagado a los trabajadores 2. De pagos efectuados por sueldos y salarios 3. De las demás personas a quienes les hubieran efectuado retenciones del Impuesto sobre la Renta durante el ejercicio anterior 4. De las personas a las que les hayan otorgado donativos deducibles del ISR 5. Información de las inversiones que hayan realizado o mantengan en el ejercicio inmediato anterior en territorios con regímenes fiscales preferentes 6. De información en los casos que se haya determinado el remanente distribuible 7. De los residentes en el extranjero a los que les hubieran efectuado pagos. Las operaciones realizadas con sus clientes y proveedores se presentará a través del Sistema de Declaraciones Informativas por Medios Magnéticos. Para mayor información consulte la página electrónica http://www.sat.gob.mx |