Donaciones en especie del extranjero
Con el objeto de apoyar a entidades que reciban donaciones del extranjero, exentándolas del pago de los impuestos al comercio exterior por la entrada a territorio nacional de mercancías, que no tienen que cumplir con regulaciones y restricciones no arancelarias, le damos a conocer los requisitos que debe cumplir para realizar el trámite y contar con los beneficios.
Requisitos
Invariablemente, la donación debe ser destinada a la Federación, Distrito Federal, estados, municipios, incluso a sus órganos desconcentrados, organismos descentralizados o demás personas morales con fines no lucrativos, autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
El trámite se realiza a través del Portal de Internet del SAT: Mi portal: Donaciones del Extranjero. Es necesario contar con Clave de Identificación Electrónica Confidencial actualizada y Firma Electrónica Avanzada del destinatario de la donación.
Para dudas o mayor información diríjase a la Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la Administración General Jurídica:
Avenida Reforma 37, módulo VI, planta baja, colonia Guerrero, Delegacion Cuauhtémoc, México, D. F. Teléfono 01 (55) 5802 13 28.
Correo electrónico: luisa.gonzalez@sat.gob.mx, ivonne.palafox@sat.gob.mx y marlen.rojas@sat.gob.mx.
Portal de Internet del SAT: Terceros autorizados: Donatarias y donaciones: Donaciones del extranjero: Sistema automatizado
En caso de que la mercancía que solicite en donación no se encuentre especificada en el sistema automatizado, ingrese al Portal de Internet del SAT: Terceros autorizados: Donatarias y donaciones: Donaciones del extranjero: Procedimiento tradicional, para conocer cuáles son los requisitos.