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	<title>Noticias legales y fiscales archivos - Centro Mexicano para la Filantropía</title>
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	<description>El Centro Mexicano para la Filantropía (Cemefi) es un espacio de encuentro, diálogo y colaboración que reúne a organizaciones de la sociedad civil, empresas socialmente responsables y personas comprometidas con una visión común: fortalecer la filantropía, la responsabilidad social y la participación ciudadana, para contribuir a la construcción de una sociedad más responsable y sostenible.</description>
	<lastBuildDate>Fri, 14 Aug 2026 17:57:44 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Las donatarias autorizadas dentro del enfoque basado en riesgos</title>
		<link>https://www.cemefi.org/las-donatarias-autorizadas-dentro-del-enfoque-basado-en-riesgos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Autor 2 Cemefi]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 Aug 2026 16:34:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Comunidad Cemefi]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias legales y fiscales]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.cemefi.org/?p=46347</guid>

					<description><![CDATA[<p>Ahora deberán implementar una metodología para evaluar  riesgos relacionados con los actos y operaciones que señala la Ley Antilavado.</p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/las-donatarias-autorizadas-dentro-del-enfoque-basado-en-riesgos/">Las donatarias autorizadas dentro del enfoque basado en riesgos</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El pasado 7 de agosto de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Carácter General a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), también llamada Ley Antilavado. Dentro de las modificaciones a estas reglas se destaca la adición de diversos artículos basados en el numeral 10 Septies, del 1 al 6.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Las donatarias autorizadas deberán diseñar e implementar una metodología para llevar a cabo una evaluación de riesgos relacionada con los actos y operaciones que realicen en términos del artículo 17, fracción XIII de la LFPIORPI, así como relacionada con las personas (donantes) clientes o usuarias con quienes lleven a cabo actos, operaciones, transacciones y canales de envío o distribución.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El diseño de la metodología deberá estar establecido en un manual de políticas internas y deberá establecer y describir todos los procesos que se llevarán a cabo para la identificación, análisis, entendimiento, medición y mitigación de los riesgos; para lo cual deberán tomar en cuenta los factores de riesgo que para tal efecto hayan identificado, además de tener esta información a disposición de la autoridad fiscal, cuando la requiera.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Este manual debe estar a disposición de la autoridad a partir del 1° de marzo de 2027, previo requerimiento.</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="has-medium-font-size wp-block-paragraph"><strong>Se invita a leer cuidadosamente el siguiente Comunicado Cemefi, a fin de que organizaciones de la sociedad civil y entidades donantes</strong> <strong>puedan conocer estas reglas que establece la Ley Antilavado. Clic <a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/08/Las-donatarias-autorizadas-dentro-del-enfoque-basado-en-riesgos_Comunicado_01.pdf">aquí.</a></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Consulta el Diario Oficial de la Federación, del 7 de agosto de 2026, para más información. Clic<a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/08/REGLAS-LFPIORPI-07.08.2026-EBR.-2.pdf"> aquí.</a></p>



<p class="has-medium-font-size wp-block-paragraph">Conoce también el Comunicado No. 65 de la <strong>Secretaría de Hacienda y Crédito Público</strong>. Clic <a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/08/Comunicado_No._65_SAT-REGLAS-LFPIORPI-2026.pdf">aquí.</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong><em>“La información aquí proporcionada se otorga a manera de orientación jurídica por lo que no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales”</em></strong></p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="450" height="250" src="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/08/Monedas-y-cuentas.png" alt="" class="wp-image-46364" srcset="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/08/Monedas-y-cuentas.png 450w, https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/08/Monedas-y-cuentas-300x167.png 300w" sizes="(max-width: 450px) 100vw, 450px" /></figure>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/las-donatarias-autorizadas-dentro-del-enfoque-basado-en-riesgos/">Las donatarias autorizadas dentro del enfoque basado en riesgos</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Se publicó la primera modificación al Anexo 14 de la RMF para 2026</title>
		<link>https://www.cemefi.org/se-publico-la-primera-modificacion-al-anexo-14-de-la-rmf-para-2026/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Autor 2 Cemefi]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Jul 2026 15:16:19 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias legales y fiscales]]></category>
		<category><![CDATA[2026]]></category>
		<category><![CDATA[anexo 14]]></category>
		<category><![CDATA[donatarias autorizadas]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.cemefi.org/?p=45769</guid>

					<description><![CDATA[<p>El 17 de julio de 2026, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación. Consulta la lista de revocaciones. </p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/se-publico-la-primera-modificacion-al-anexo-14-de-la-rmf-para-2026/">Se publicó la primera modificación al Anexo 14 de la RMF para 2026</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph">El 17 de julio de 2026, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la primera modificación al Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, (segundo listado de donatarias autorizadas).</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>A) Información que integra:</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La información incluida en este Segundo listado, es parte integrante del Anexo 14 publicado en el Diario Oficial de la Federación de 09 de enero de 2026 y comprende la información generada desde el 10 de diciembre de 2025 hasta el 11 de mayo de 2026.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>B) Contenido:</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En este instrumento se puede identificar información como: 1) Autorizaciones; 2) Autorizaciones para recibir donativos del Extranjero; 3) Autorizaciones otorgadas a partir del ejercicio 2025; 4) Actualizaciones que incluyen los cambios de rubro y cambios de denominación; 5) <strong>Revocaciones</strong> derivadas del procedimiento previsto en el articulo 82-Quarter de la Ley del ISR.; 6) Cancelaciones solicitadas conforme al articulo 82, fracción V&nbsp; de la Ley del ISR; 7 a 11, no contiene información; 12) Cumplimiento de Sentencias, Recursos de Revocación y Medidas cautelares.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>C) Donatarias y Donantes</strong>:</p>



<p class="wp-block-paragraph">Es necesario que este nuevo listado (Anexo 14) sea revisado por los integrantes del Sector de las donatarias y verificar que todo esté en orden con su autorización; para los donantes, verificar la vigencia y continuidad de la autorización de las donatarias que apoyan con donativos, en el entendido que dichas organizaciones pudieran estar trabajando con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para recuperarla.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>C) Revocaciones</strong>:</p>



<p class="wp-block-paragraph">En tanto, ponemos a disposición del Sector el número de organizaciones que perdieron la autorización para recibir donativos deducibles de impuestos en el modo de Revocación de conformidad con el artículo 82-Quarter de la Ley del ISR. Mencionar que si el nombre de alguna organización no aparece en este segundo listado es posible que dicha organización se mantiene vigente (autorizada) conforme al Anexo 14 de fecha 09 de enero de 2026.</p>



<figure class="wp-block-table"><table class="has-fixed-layout"><tbody><tr><td colspan="4"><strong>Revocaciones derivadas del procedimiento previsto en el artículo 82 Quáter de la Ley del ISR.</strong></td></tr><tr><td><strong>Consecutivo</strong><strong></strong></td><td><strong>RFC</strong><strong></strong></td><td><strong>Denominación Social</strong><strong></strong></td><td><strong>Objeto</strong><strong></strong></td></tr><tr><td>1</td><td>ATC090403163</td><td>Acciona Transformando Caminos para Ser y Hacer A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>2</td><td>AEG150203QM9</td><td>Agrupación Ernesto Gómez Vargas A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>3</td><td>RNP040217NV0</td><td>Al Rescate de Nuestro Patrimonio Cultural Metepec A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>4</td><td>AUS230123CW4</td><td>Amigos de un Sueño A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>5</td><td>BAR171116R56</td><td>Banco de Alimentos, Ropa y Enseres Domésticos Unidad y Trabajo A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>6</td><td>BRE040225SI7</td><td>Benítez Reyes A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>7</td><td>BCA1012159S7</td><td>British Council Asociados A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>8</td><td>CFC1507154X5</td><td>Cadena de Favores Colima I.A.P.</td><td>Becante</td></tr><tr><td>9</td><td>CMA920430MX6</td><td>Cáritas Mazatlán I.A.P.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>10</td><td>CCS051019JJ2</td><td>Centro Comunitario Santa Fe A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>11</td><td>CIM151118NA1</td><td>Centro de Investigación Morelos Rinde Cuentas A.C.</td><td>Investigación Científica o Tecnológica</td></tr><tr><td>12</td><td>CIJ731003QK3</td><td>Centros de Integración Juvenil A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>13</td><td>CCU160217FJ2</td><td>Ciudad y Cultura A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>14</td><td>CMP871027RJ8</td><td>Club de Mujeres Profesionistas y de Negocios de Monclova A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>15</td><td>CDH900411Q43</td><td>Comité de Derechos Humanos de Tabasco A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>16</td><td>CCF0705308U6</td><td>Consejo Ciudadano de Formación y Cultura Autogestiva A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>17</td><td>CMI0205108B0</td><td>Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera y de Sostenibilidad A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>18</td><td>CCI080312GL0</td><td>Construyendo Comunidades Integrales A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>19</td><td>EME771103MR1</td><td>ECCA de México A.C.</td><td>Desarrollo Social</td></tr><tr><td>20</td><td>EGC960607DHA</td><td>Equidad de Género: Ciudadanía, Trabajo y Familia A.C.</td><td>Investigación Científica o Tecnológica</td></tr><tr><td>21</td><td>ETI630912RY5</td><td>Escuela Técnica Industrial de Torreón A.C.</td><td>Educativa</td></tr><tr><td>22</td><td>EPA0902091B8</td><td>Estancia para el Perro Abandonado Sta. Martha A.C.</td><td>Ecológica</td></tr><tr><td>23</td><td>FMU9809175J9</td><td>Familia Mexicana Unida A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>24</td><td>FAT0112106NA</td><td>Fundación Atid A.C.</td><td>Becante</td></tr><tr><td>25</td><td>FCH940408SQ3</td><td>Fundación Cuauhtémoc Hank A.C.</td><td>Becante</td></tr><tr><td>26</td><td>FCC1308304IA</td><td>Fundación CUDEC, Cultura para el Desarrollo Creativo A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>27</td><td>FCR2102178C7</td><td>Fundación de Cirugía Reconstructiva Juntos por Oaxaca A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>28</td><td>FDD1405145JA</td><td>Fundación Deber, Desarrollo Cultural A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>29</td><td>FIT060531AB1</td><td>Fundación del Instituto Tecnológico de Aguascalientes A.C.</td><td>Becante</td></tr><tr><td>30</td><td>FES081219HD3</td><td>Fundación Educación Superior-Empresa A.C.</td><td>Investigación Científica o Tecnológica</td></tr><tr><td>31</td><td>FFN9101187A3</td><td>Fundación Folklórica Nacional de México Aztlán A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>32</td><td>FHA140425SQ4</td><td>Fundación Hanoga A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>33</td><td>FIX211008486</td><td>Fundación Iniciativa Xala A.C.</td><td>Desarrollo Social</td></tr><tr><td>34</td><td>FID130222HD4</td><td>Fundación Isla, Desarrollo Integral en Movimiento A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>35</td><td>FJE100312RX8</td><td>Fundación Jeshidamm A.C.</td><td>Becante</td></tr><tr><td>36</td><td>FJL690121MJ1</td><td>Fundación José Luis Bello y Zetina Sin Tipo de Sociedad</td><td>Museos Privados</td></tr><tr><td>37</td><td>FLH941103QX4</td><td>Fundación Lerdo Histórico Preservación, Conservación e Investigación A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>38</td><td>FMA140207EI4</td><td>Fundación Markoptic A.C.</td><td>Investigación Científica o Tecnológica</td></tr><tr><td>39</td><td>FMC160610C92</td><td>Fundación Max por la Cultura A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>40</td><td>FME201020A97</td><td>Fundación Mera A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>41</td><td>FMF000329RJ4</td><td>Fundación Monte Fénix A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>42</td><td>FDT1003262J1</td><td>Fundación para el Desarrollo Tecnológico Sustentable A.C.</td><td>Investigación Científica o Tecnológica</td></tr><tr><td>43</td><td>FSM971029K7A</td><td>Fundación Santa María del Tepeyac A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>44</td><td>FST790912M89</td><td>Fundación Soledad Torres Acosta Sin Tipo de Sociedad</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>45</td><td>FSG0406229P4</td><td>Fundación Somos Gente Trabajando por un México Nuevo A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>46</td><td>FTL101207FE1</td><td>Fundación Tlaui para la Educación A.C.</td><td>Becante</td></tr><tr><td>47</td><td>FTT9102266I5</td><td>Fundación Treviño y Treviño Cavazos I.B.P.</td><td>Becante</td></tr><tr><td>48</td><td>FUN170811MX8</td><td>Fundación Underwood A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>49</td><td>FUA961025HI9</td><td>Fundación Universidad Autónoma de Chiapas A.C.</td><td>Investigación Científica o Tecnológica</td></tr><tr><td>50</td><td>FVA151222C32</td><td>Fundación Vive con Alas A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>51</td><td>GER041220U20</td><td>Germinalia A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>52</td><td>GCV0712069S0</td><td>Gremio de Cineastas y Videastas de Puebla A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>53</td><td>ICD0308014N7</td><td>Iniciativa Ciudadana y Desarrollo Social Incide Social A.C.</td><td>Investigación Científica o Tecnológica</td></tr><tr><td>54</td><td>III100423NC9</td><td>Instituto Iberoamericano para la Infancia A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>55</td><td>IMI860515J10</td><td>Instituto Mexicano de Investigación de Familia y Población A.C.</td><td>Investigación Científica o Tecnológica</td></tr><tr><td>56</td><td>ISE85022593A</td><td>Instituto Sepya A.C.</td><td>Educativa</td></tr><tr><td>57</td><td>IVF110823HB5</td><td>Instituto Veracruzano para la Filantropía A.C.</td><td>Desarrollo Social</td></tr><tr><td>58</td><td>ISU170301N46</td><td>Interacción Sustentable A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>59</td><td>KEP971105JG3</td><td>Koreos, Expresión y Proyección A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>60</td><td>MTC171124NJ2</td><td>Madre Teresa de Calcuta Casa Hogar para Personas con Problemas de Adicción A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>61</td><td>MNC170517KX1</td><td>Madrephora Natura y Cultura A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>62</td><td>MKA120723MD8</td><td>Maseual Kamatis A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>63</td><td>MSS170912QY2</td><td>México se Sube al Reto A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>64</td><td>MII191206UL4</td><td>Museo Itinerante Individuo Colectivo A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>65</td><td>NSO160120FY4</td><td>Nido Social A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>66</td><td>NAC180126RJA</td><td>Notas de Acero A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>67</td><td>NHJ190829TR8</td><td>Nuevo Horizonte Jaim Vida A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>68</td><td>OAD070427KB0</td><td>Oasis de los Ancianos Desamparados A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>69</td><td>OCE110726EK4</td><td>Organización Centurias A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>70</td><td>PBC0307311RA</td><td>Patronato de Becas del Centro de Estudios Universitarios Xochicalco A.C.</td><td>Becante</td></tr><tr><td>71</td><td>PEN850425GH5</td><td>Patronato Educativo del Noroeste A.C.</td><td>Apoyo Económico</td></tr><tr><td>72</td><td>PRA110805FT6</td><td>Plataforma Radar A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>73</td><td>PPR490830417</td><td>Previsión y Protección S.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>74</td><td>PME860602U5A</td><td>Pro Música de Ensenada A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>75</td><td>PCF831130RF7</td><td>Proyecto Cara Feliz A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>76</td><td>PCU160505V2A</td><td>Puertas a la Cultura A.C.</td><td>Cultural</td></tr><tr><td>77</td><td>RPS1005209A7</td><td>Red de Periodistas Sociales-Periodistas a Pie A.C.</td><td>Becante</td></tr><tr><td>78</td><td>SNO13031988A</td><td>Sentit Nobis S.C.</td><td>Desarrollo Social</td></tr><tr><td>79</td><td>SDE981026LE8</td><td>Soñar Despierto A.C.</td><td>Becante</td></tr><tr><td>80</td><td>TON120722LP5</td><td>Tonantili A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>81</td><td>UIA860919M76</td><td>Unión de Invidentes de Aguascalientes A.C.</td><td>Asistencial</td></tr><tr><td>82</td><td>YTQ120312NY9</td><td>Yo te Quiero Hermosillo A.C.</td><td>Desarrollo Social</td></tr><tr><td>83</td><td>YCA151008C32</td><td>Yoyontzin Cultura y Arte A.C.</td><td>Cultural</td></tr></tbody></table></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Para mayor información sobre este Anexo 14 integral consulta el siguiente <a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/07/Anexo-14-2026-segundo-listado.pdf">enlace.</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="has-medium-font-size wp-block-paragraph"><strong><em>“La información aquí proporcionada se otorga a manera de orientación jurídica por lo que no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales.”</em></strong></p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/se-publico-la-primera-modificacion-al-anexo-14-de-la-rmf-para-2026/">Se publicó la primera modificación al Anexo 14 de la RMF para 2026</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Aviso sobre la importancia de presentar el Informe de Transparencia</title>
		<link>https://www.cemefi.org/aviso-a-las-donatarias-sobre-la-importancia-de-presentar-su-informe-de-transparencia-en-mayo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Autor 2 Cemefi]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 05 May 2026 16:26:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias legales y fiscales]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.cemefi.org/?p=43017</guid>

					<description><![CDATA[<p>Su omisión es causa para perder su autorización como donataria y hacerse acreedor a la multa correspondiente.</p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/aviso-a-las-donatarias-sobre-la-importancia-de-presentar-su-informe-de-transparencia-en-mayo/">Aviso sobre la importancia de presentar el Informe de Transparencia</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph"><strong>1) Informe de Transparencia</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Únicamente durante el mes de mayo de 2026 (Salvo que se indique lo contrario), las Donatarias Autorizadas deberán presentar la “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio y el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación”, también conocido como “Informe de Transparencia”. Sin importar que en el ejercicio por el cual se presenta la declaración dichas organizaciones no hayan obtenido ingresos o realizado erogaciones y que a la fecha de su presentación ya no cuenten con la referida autorización. Recordar que Influir en la legislación, significa que la organización donataria autorizada promovió el cambio de una Ley o Reglamento en beneficio de la población que atienden (LISR 82).</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>2) Apoyo económico a organizaciones civiles que no cuentan con la autorización para recibir donativos deducibles.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Adicional a lo anterior; en esta declaración informativa, las donatarias autorizadas que hayan otorgado apoyos económicos a organizaciones civiles que no cuentan con la autorización para recibir donativos de conformidad con la Ley del ISR y cuyo objeto exclusivo sea realizar labores de rescate y reconstrucción en casos de desastres naturales, deberán integrar un listado con el nombre, denominación o razón social y clave en el RFC de las organizaciones civiles o fideicomisos que no contando con dicha autorización, recibieron donativos a las cuales se les otorgó el apoyo económico, de conformidad con lo establecido en el artículo 25, fracción I, inciso a), numeral 6 de la LIF.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>3) ¿Dónde se presenta?</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Esta información deberá ser presentada a través del programa electrónico en el Portal del SAT, de conformidad con lo señalado en la ficha de trámite 21/ISR “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación” (contiene instrucciones). <strong>Consulta en el siguiente </strong><a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/05/Ficha-21-ISR-Declaracion-informativa-para-garantizar-la-transparencia-del-patrimonio.pdf"><strong>enlace.</strong> </a></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>4) Omisión y multa.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La presentación de esta información en tiempo y forma permite mantener la autorización para recibir donativos deducibles de impuestos por un ejercicio más. Su omisión es causa para perder la referida autorización en el modo “pérdida de vigencia” y hacerse acreedor a la multa correspondiente. </p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>5) Cruce de información</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La información reportada en la “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación”, deberá coincidir con lo manifestado por las donatarias en su Declaración Anual de Ingresos y Egresos (formato 21), los CFDI y contabilidad para evitar discrepancias. Importante Contar con e.firma vigente; requerimientos técnicos del equipo de cómputo. Explorador: Firefox Mozilla 3.6, Chrome 27 y versiones superiores, Microsoft Edge.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>6) Guía &#8211; SAT</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Ponemos a su disposición la <strong>GUÍA </strong>que el SAT publica para el cumplimiento de esta importante obligación y que solo concierne al Sector de las Donatarias Autorizadas (contiene imágenes), <strong>Consúltala en el siguiente <a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/05/Guia-SAT-Declaracion-de-Transparencia-2026.pdf">enlace.</a></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">“La información aquí proporcionada se otorga a manera de orientación jurídica por lo que no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales”</p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/aviso-a-las-donatarias-sobre-la-importancia-de-presentar-su-informe-de-transparencia-en-mayo/">Aviso sobre la importancia de presentar el Informe de Transparencia</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Simplificación fiscal para fortalecer a las OSC</title>
		<link>https://www.cemefi.org/simplificacion-fiscal-para-fortalecer-a-las-osc/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Autor 2 Cemefi]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 07 Apr 2026 18:11:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias legales y fiscales]]></category>
		<category><![CDATA[organizaciones de la sociedad civil]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.cemefi.org/?p=41662</guid>

					<description><![CDATA[<p>Cemefi propone simplificación administrativa y mejora regulatoria a las donatarias autorizadas para aumentar el beneficio social.</p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/simplificacion-fiscal-para-fortalecer-a-las-osc/">Simplificación fiscal para fortalecer a las OSC</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="has-medium-font-size wp-block-paragraph"><strong>El Centro Mexicano para la Filantropía propone simplificación administrativa y mejora regulatoria a las donatarias autorizadas para aumentar el beneficio social</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El Centro Mexicano para la Filantropía (Cemefi) es una organización intersectorial de miembros, de los cuales la mayoría son organizaciones de la sociedad civil (OSC) de todo el país. Desde esa visión que recoge información de múltiples organizaciones, propone la participación conjunta de sociedad civil y las autoridades para lograr una mejora regulatoria para la constitución, acreditamiento y operación de las OSC sin fines de lucro, que permita aumentar su impacto en beneficio de la sociedad. Nuestro país, como sucede en las democracias más solidas, debe tener cada día más sociedad civil organizada participativa, más corresponsabilidad por el bien social. Ello fortalece el tejido social, la seguridad pública, la legalidad, y combate el individualismo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Como sabemos, la legislación vigente reconoce que las organizaciones civiles de apoyo a terceros realizan acciones de “interés público”, como son el cuidado ambiental y la conservación de las especies, el cuidado de personas en condiciones de vulnerabilidad, la defensa y promoción de derechos y libertades, el impulso a la cultura y a la diversidad, la búsqueda de sociedades inclusivas e igualitarias, las técnicas de sostenibilidad, el estudio y análisis de los temas colectivos y el desarrollo comunitario, entre miles y miles.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por ser de “interés público” deben recibir acciones de fomento por parte de los gobiernos. Una de ellas es&nbsp; la autorización para que sus donantes tengan un incentivo fiscal que consiste en deducir de su base gravable del Impuesto sobre la Renta (ISR) hasta el 7% de sus utilidades declaradas el año anterior. Por ello, las donatarias autorizadas están reguladas y deben cumplir con altos estándares de gestión y de transparencia, como ningún otro tipo de instituciones en México, incluyendo a los partidos políticos, los casinos o las empresas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sin embargo, el proceso de regulación ha aumentado y complejizado las actividades de bien colectivo que realizan, pues tienen que cumplir con más trámites e informes legales, fiscales y de prevención de operaciones con recursos ilícitos, cuando lo que se requiere es fomentar de muy diversas formas y con diálogo abierto con las autoridades las actividades de la sociedad civil; eso supone simplificación administrativa para que las donatarias autorizadas realicen su labor de manera eficiente sin sobrecargas de gestión que son onerosas y que van disminuyendo la capacidad de acción de las organizaciones civiles.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A continuación se detalla el proceso que siguen las organizaciones de la sociedad civil, desde su constitución, su trámite para ser donataria autorizada y las obligaciones que adquieren una vez que han obtenido la autorización para emitir recibos deducibles de impuestos.</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="has-medium-font-size wp-block-paragraph">¿Cómo es el proceso para constituir una asociación civil?</p>



<p class="wp-block-paragraph">Las autoridades cumplen con el derecho constitucional a la organización, pues hay una regulación clara para formalizar una asociación civil (A.C.). Esta figura está regulada por el Código Civil Federal con arreglo a los Códigos de los Estados de la Federación. Se puede constituir para todo aquello que esté legalmente permitido, y no sea actividad exclusiva de las instituciones públicas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cuando las personas promoventes acuerdan un contrato de asociación por escrito, con un objeto social lícito y claro, pueden presentarse ante un notario público para su escritura pública, la cual debe incluir, entre otras cosas:</p>



<ol class="wp-block-list">
<li>Nombre, domicilio, edad y estado civil de los asociados;</li>



<li>Forma de administración y cláusulas sobre las facultades de los Asociados, el Consejo Directivo y la Dirección;</li>



<li>Objeto social (actividades que realizará) y estatutos de la asociación;</li>



<li>Domicilio legal de la asociación;</li>



<li>Bienes que integran el patrimonio y duración de la asociación.</li>
</ol>



<p class="wp-block-paragraph"><strong><em>Trámites</em></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">-Autorización del nombre de la asociación, en consulta con la Secretaría de Economía. Si todo lo exigido en materia de documentación está correcto, el trámite de la constitución legal de la nueva organización tomará un tiempo aproximado de dos a tres meses.</p>



<p class="wp-block-paragraph">-Acta constitutiva. Una notaría (un fedatario autorizado por el gobierno de la entidad federativa correspondiente) da fe, elabora y entrega el documento a la organización civil.</p>



<p class="wp-block-paragraph">-Inscripción del acta constitutiva en el Registro Público de Propiedad y Comercio, lo cual normalmente realiza la notaría.</p>



<p class="wp-block-paragraph">&#8211; Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Se debe solicitar una cita en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que el apoderado o representante legal acuda a dar de alta la asociación civil como organización sin fines de lucro (OSFL), para efectos de las obligaciones fiscales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">-Registro de la AC como patrón. Se requiere dar de alta a la nueva “persona moral” como patrón ante el IMSS y ante el INFONAVIT.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Se estima un costo aproximado de $25,000 pesos para todo el proceso de integración de documentos requeridos por el SAT y una duración estándar de cuatro a ocho meses, debido a la suma de todos los trámites descritos.</p>



<div class="wp-block-kadence-spacer aligncenter kt-block-spacer-41662_67b4c1-99"><div class="kt-block-spacer kt-block-spacer-halign-center"><hr class="kt-divider"/></div></div>



<div class="wp-block-kadence-spacer aligncenter kt-block-spacer-41662_acb9d1-11"><div class="kt-block-spacer kt-block-spacer-halign-center"><hr class="kt-divider"/></div></div>



<p class="has-medium-font-size wp-block-paragraph">¿Cómo es el camino para ser donataria autorizada?</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para que una organización de la sociedad civil (OSC) obtenga la autorización como donataria, por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), debe cumplir <strong>con una serie de requisitos legales, estatutarios y operativos fundamentados principalmente en el artículo 82 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).</strong> Todo ello debe estar debidamente expresado en el Acta Constitutiva de la organización, en apego estricto a lo que requiere el SAT:</p>



<p class="wp-block-paragraph">Dichos requisitos son:</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>a. Actividades autorizables</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La organización debe enfocar su objeto social exclusivamente en actividades permitidas, tales como: asistenciales, de desarrollo social, educativas, investigación científica o tecnológica, promoción cultural, ecológica, o apoyo económico a otras donatarias.&nbsp; Es fundamental que el objeto social de la OSC se ubique exactamente en los supuestos que el SAT considera autorizables. Artículo 82, fracción I, LISR.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>b. Los estatutos deben apegarse a los “modelos” que publica el SAT</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El SAT publica un modelo de estatutos que la organización debe adoptar. Ciertas cláusulas deben plasmarse de forma literal e irrevocable.</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Los estatutos deben prohibir expresamente la distribución de remanentes o beneficios a los integrantes de la organización. Artículo 82, fracción IV, LISR.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Asimismo, debe incluirse una cláusula que obligue a destinar la totalidad del patrimonio a otra donataria autorizada en caso de liquidación, cambio de residencia fiscal o revocación o cancelación de la autorización. Artículo 82, fracción V, LISR.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>c. Acreditación de actividades</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La organización debe obtener un documento, emitido por la autoridad gubernamental competente que corresponda a su actividad, que haga constar que realiza y presenta evidencia de que está cumpliendo con el objeto social para el que fue creada. Esto requiere que la organización lleve algunos meses laborando y haya generado evidencia clara de esas actividades y del bien social que generan.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Una autoridad competente (por ejemplo: Semarnat para temas medioambientales, la Secretaría de Bienestar para temas de asistencia y desarrollo social, o la SEP para temas educativos) debe certificar la realización de dichas tareas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El documento debe detallar las actividades específicas realizadas y cómo se constataron, no siendo suficiente la simple transcripción del objeto social. <em>Fundamentos: Artículo 18-A del Código Fiscal de la Federación, con arreglo a la regla: 3.10.1.6. RMF-2026; “ “Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles, así como aplicar dichos donativos recibidos en actividades adicionales”, contenida en el Anexo 2 y ficha 19/ISR “Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles, así como aplicar dichos donativos recibidos en actividades adicionales”, contenida en el Anexo 2.</em></p>



<p class="wp-block-paragraph">Para acreditar la realización de actividades ante el SAT en 2026, el proceso ya no admite documentos genéricos y se centra en la evidencia tangible del cumplimiento del objeto social. <em>Fundamentos: Artículo 82-Quarter de la LISR y regla 3.10.1.17.”Verificación de Información para efectos de la revocación por incumplimiento de obligaciones fiscales”</em></p>



<p class="wp-block-paragraph">Este documento debe presentarse a través del buzón tributario. Y para que sea válido en 2026, debe indicar:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Actividades específicas: Una descripción detallada de las labores que la organización realizó efectivamente.</li>



<li>Vínculo con el objeto social: La relación directa que existe entre esas actividades realizadas y el objeto social que el SAT le autorizó.</li>



<li>Método de constatación: La autoridad emisora debe explicar cómo verificó que las actividades se llevaron a cabo (por ejemplo, mediante expedientes fotográficos, publicaciones, visitas o eventos documentados).</li>



<li>Datos de contacto y legalidad: El documento debe incluir el fundamento legal de la competencia de la autoridad para emitirlo y medios de contacto para que el SAT pueda verificar la autenticidad de la información.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">La constancia de acreditación tiene una vigencia general de tres años, a menos que el propio documento señale un plazo menor (que no puede ser inferior a 6 meses). Es responsabilidad de la organización renovar este documento y entregarlo al SAT antes de su vencimiento; de lo contrario, se corre el riesgo de que la autorización para recibir donativos sea revocada de inmediato. <em>Fundamentos: Regla: 3.10.1.6. RMF-2026 “Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles, así como aplicar dichos donativos recibidos en actividades adicionales”, contenida en el Anexo 2.</em></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Requisitos operativos:</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li>La organización no puede intervenir en actividades de propaganda política, de carácter electoral. <a><em>Artículo 82, fracción II, LISR</em></a></li>



<li>Todos los activos deben destinarse exclusivamente a los fines para los que se otorgó la autorización. <a><em>Artículo 82, fracción IV LISR</em></a></li>



<li>Si la organización tiene ingresos superiores a 100 millones de pesos anuales o tiene un patrimonio mayor a 500 millones, está obligada a contar con una estructura de gobierno corporativo.<em> <a>Artículo 82, fracción IX, LISR</a></em></li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Por ello es recomendable auditar y publicar anualmente los “Estados Financieros”. Asimismo, la escritura constitutiva y los estatutos vigentes (conforme a los modelos del SAT) deben estar debidamente inscritos ante el Registro Público de la Propiedad, previo al inicio del trámite como donataria autorizada.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Proceso de solicitud como donataria:</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li>El trámite es digital y se realiza a través del Buzón Tributario.</li>



<li>Se debe presentar la escritura constitutiva, los estatutos vigentes y la constancia de acreditación de actividades. <em>Regla 3.10.1.6. RMF-2026.</em></li>
</ul>



<p class="has-medium-font-size wp-block-paragraph">Una vez obtenida la autorización como donataria, ¿Cuáles son sus obligaciones?</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cuando una A.C. obtiene la autorización del SAT como donataria autorizada (trámite que dura en promedio 6 meses) se apega a las obligaciones que le marca la Ley Federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita (Ley de prevención de lavado de dinero); debido a que la recepción de donativos es considerada por dicha ley como una actividad vulnerable.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Principales obligaciones:</p>



<p class="wp-block-paragraph">1.Poner a disposición del público en general la información relativa a la transparencia, así como al uso y destino de los donativos recibidos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">2.Declaraciones mensuales y anuales de impuestos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">3.Declaración de donativos superiores a $100 mil pesos (en el mes inmediato posterior al que se realicen las operaciones), si se tuvieron contraprestaciones o donativos recibidos superiores a $100,000 pesos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">4.Envío de contabilidad electrónica al SAT. No destinar más del 5% de los donativos que perciban para cubrir sus gastos administrativos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">5.Aviso de actualización de asociados. Es necesario actualizar la información del RFC de asociados que formen parte de la estructura orgánica y que ostenten dicho carácter conforme a los estatutos.</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph">Obligaciones en materia de prevención del lavado de dinero:</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph">6.Informe de actividades vulnerables, (avisos por la recepción de donativos).</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>7.Se deben integrar expedientes de Identificación de clientes o usuarios, cuando los montos de las donaciones sean iguales o superiores a $188,282.55 pesos.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>8.Presentar avisos a más tardar el día 17 del mes siguiente a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), por conducto del SAT, cuando el monto del acto u operación sea igual o superior al equivalente a $376,565.10 pesos.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>9.Aviso (durante el mes que corresponda) de un informe señalando que en el periodo referido, no se realizaron actos u operaciones (Aviso en cero).</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>10.Informar a más tardar el día 17 de cada mes, de las operaciones que hayan celebrado en el mes inmediato anterior con partes relacionadas y de los servicios que reciban o de los bienes que adquieran, de personas que les hayan otorgado donativos deducibles en términos de la Ley del ISR.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>11.Designar un representante de la organización para el cumplimiento de la Ley de Prevención de Lavado de Dinero.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>12.En caso de organizaciones con actividades de desarrollo social, presentar el Informe anual ante la Comisión de Fomento de las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil, aplicable para todas las inscritas en el Registro Federal de las OSC (CLUNI), a más tardar el 31 de enero.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>13.Contar con constancias de Acreditación de actividades actualizada y emitida por la instancia de gobierno ideal para acreditar la actividad, lo que puede tardar hasta un año después de acreditar la materialidad de sus actividades.</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph">Obligaciones mensuales de la donataria, como patrón laboral:</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph">14.Presentar la Prima de riesgo ante el IMSS durante el mes de febrero.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>15.Tener constancia de cumplimiento favorable del IMSS y del INFONAVIT.</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph">Obligaciones anuales:</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph">16.A más tardar el 31 de mayo, presentar la Declaración informativa de transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación.</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong><em>Adicionalmente, las organizaciones deben cumplir con los trámites administrativos establecidos por las autoridades locales en cada entidad federativa, de la alcaldía o municipio donde operan.</em></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<div class="wp-block-kadence-spacer aligncenter kt-block-spacer-41662_3248b6-e7"><div class="kt-block-spacer kt-block-spacer-halign-center"><hr class="kt-divider"/></div></div>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<div class="wp-block-uagb-info-box uagb-block-7a35aa7e uagb-infobox__content-wrap  uagb-infobox-icon-above-title uagb-infobox-image-valign-top"><div class="uagb-ifb-content"><div class="uagb-ifb-icon-wrap"><svg xmlns="https://www.w3.org/2000/svg" viewBox="0 0 512 512"><path d="M0 256C0 114.6 114.6 0 256 0C397.4 0 512 114.6 512 256C512 397.4 397.4 512 256 512C114.6 512 0 397.4 0 256zM371.8 211.8C382.7 200.9 382.7 183.1 371.8 172.2C360.9 161.3 343.1 161.3 332.2 172.2L224 280.4L179.8 236.2C168.9 225.3 151.1 225.3 140.2 236.2C129.3 247.1 129.3 264.9 140.2 275.8L204.2 339.8C215.1 350.7 232.9 350.7 243.8 339.8L371.8 211.8z"></path></svg></div><div class="uagb-ifb-title-wrap"><h3 class="uagb-ifb-title">Simplificación</h3></div><p class="uagb-ifb-desc"><strong>Cemefi hace un llamado a la mejora regulatoria</strong></p></div></div>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph">Cemefi reconoce que el Estado cumple con el derecho constitucional a la organización, pues hay una regulación clara para formalizar una asociación civil (A.C.). Sin embargo, se puede ver que las organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro están sobrerreguladas, lo que impide que muchas organizaciones que trabajan en beneficio de los sectores más vulnerables sea muy compleja de realizar y que requieran grandes recursos económicos y sobre especialización legal y fiscal para operar. Como resumen se enlista las autoridades y su ámbito de competencia:</p>



<figure class="wp-block-table"><table class="has-fixed-layout"><tbody><tr><td><strong>Autoridad</strong></td><td><strong>Ámbito de supervisión</strong></td></tr><tr><td>Servicio de Administración Tributaria</td><td>Fiscal</td></tr><tr><td>Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP</td><td>Prevención de lavado de dinero</td></tr><tr><td>Instituto Mexicano del Seguro Social</td><td>Laboral y seguridad social</td></tr><tr><td>Infonavit</td><td>Seguridad social</td></tr><tr><td>Secretaría del Trabajo y Previsión Social</td><td>Laboral y cumplimiento de NOMs.</td></tr></tbody></table></figure>



<p class="wp-block-paragraph">De acuerdo con el objeto social autorizado por el SAT para ser OSFL, la autoridad fiscal emite una relación de instancias para emitir las cartas de acreditación, entre otras:</p>



<figure class="wp-block-table"><table class="has-fixed-layout"><tbody><tr><td><strong>Autoridad</strong></td><td><strong>Ámbito de acreditación</strong></td></tr><tr><td>Secretaría de Bienestar</td><td>Desarrollo Social + Asistencial</td></tr><tr><td>Secretaría de Gobernación</td><td>Desarrollo Social (defensa y promoción de derechos humanos)</td></tr><tr><td>Secretaría de Salud</td><td>Asistencial (asistencia y rehabilitación médica + orientación en alimentación y salud)</td></tr><tr><td>Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales</td><td>Ecológicas + Reproducción de especies en peligro de extinción + Aprovechamiento de recursos naturales</td></tr><tr><td>Secretaría de Cultura</td><td>Culturales + Museos privados + Fomento cultural y artístico</td></tr><tr><td>Secretaría de Educación Pública</td><td>Educativas + Desarrollo Social (fomento educativo)</td></tr><tr><td>Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia</td><td>Asistenciales</td></tr><tr><td>Consejo Nacional de Fomento Educativo</td><td>Asistenciales en capacitación para el trabajo y Desarrollo social para fomento educativo.</td></tr><tr><td>Comisión Nacional de los Derechos Humanos</td><td>Desarrollo Social (defensa y promoción de derechos humanos)</td></tr><tr><td>Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación</td><td>Investigación científica</td></tr><tr><td>Secretaría de las Mujeres</td><td>Desarrollo Social (promoción de la equidad de género).</td></tr></tbody></table></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Cemefi reitera su compromiso y disposición para realizar un ejercicio de mejora regulatoria en la que sociedad civil y gobierno logren simplificar los requisitos que regulan las actividades de las organizaciones sin fines de lucro para que todas puedan dedicarse principalmente a su objeto social y no solo a cumplir con sus obligaciones, sin descuidar la debida transparencia y prevención.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El compromiso, el esfuerzo y la convicción de la sociedad civil organizada en México, es sin duda uno de sus más valiosos activos. Ayudar a que mejoren sus procesos permitirá fortalecer la organización de la sociedad y fortalecer la democracia mexicana.</p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/simplificacion-fiscal-para-fortalecer-a-las-osc/">Simplificación fiscal para fortalecer a las OSC</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Guías para facilitar el conocimiento de obligaciones legales y fiscales</title>
		<link>https://www.cemefi.org/publican-guias-para-facilitar-el-conocimiento-de-obligaciones-legales-y-fiscales-de-donantes-y-donatarias/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Autor 2 Cemefi]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Mar 2026 17:08:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias legales y fiscales]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.cemefi.org/?p=41530</guid>

					<description><![CDATA[<p>Explican las principales obligaciones legales y fiscales que tanto donantes como donatarias deben conocer y cumplir.</p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/publican-guias-para-facilitar-el-conocimiento-de-obligaciones-legales-y-fiscales-de-donantes-y-donatarias/">Guías para facilitar el conocimiento de obligaciones legales y fiscales</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El marco normativo y fiscal que regula a las organizaciones de la sociedad civil (OSC) en México se ha vuelto considerablemente más complejo en años recientes. Hacían falta guías que concentraran y explicaran las principales obligaciones legales y fiscales que tanto donantes como donatarias deben conocer y cumplir. En un ejercicio de corresponsabilidad, un grupo de organizaciones de la sociedad han trabajado para desarrollar y publicar la Guía de cumplimiento legal, fiscal y contable para organizaciones de la sociedad civil en México; y la Guía de cumplimiento para Donantes nacionales e internacionales en México.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>Las guías son el resultado de un esfuerzo conjunto impulsado por el Espacio de Donantes en México y la Red Ensamble; y tras un proceso de diálogo técnico con especialistas legales y fiscales con las organizaciones Appleseed México, A.C., Centro Mexicano para la Filantropía, A.C. (Cemefi); Chevez, Ruiz, Zamarripa y Cía. S.C.; COEO Consultores, S.C., Creatura Consultores, S.C., Promoción Humana, A.C., RAMTAV Contadores, S.C., Asesores del Milenio, S.C., Crowe, Gossler, S.C. (firma miembro de Crowe Global), Greenberg Traurig, S.C. (oficina en México de Greenberg Traurig, LLP), Fundación Haciendas del Mundo Maya, A.C.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>La <strong>Guía de cumplimiento legal, fiscal y contable para organizaciones de la sociedad civil en México;</strong> busca acompañar a las organizaciones en la comprensión de sus responsabilidades fiscales, contables y legales, ofreciendo explicaciones claras, ejemplos y recomendaciones útiles para fortalecer su legitimidad y la confianza de sus aliados. Más que un compendio técnico, es una herramienta práctica para reducir riesgos, prevenir incumplimientos y consolidar un ecosistema filantrópico más sólido y colaborativo. </p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>Mientras que la <strong>Guía de cumplimiento para Donantes nacionales e internacionales en México</strong>, pretende orientar con claridad acerca de sus obligaciones legales al donar en México, así como sobre las obligaciones de las OSC receptoras de recursos filantrópicos, a fin de apoyar su cumplimiento y prevenir riesgos legales; y así, facilitar el cumplimiento normativo y promover relaciones más transparentes y corresponsables entre donantes y OSC.</p>



<p class="has-medium-font-size wp-block-paragraph"><br>Las guías están disponibles. Te invitamos a conocerlas y difundirlas.</p>



<p class="has-medium-font-size wp-block-paragraph"><strong><br>Guía de cumplimiento para Donantes nacionales e internacionales en México.<a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/03/GuiaDONANTES_100.pdf"> Leer.</a> </strong></p>



<p class="has-medium-font-size wp-block-paragraph"><br><strong>Guía de cumplimiento legal, fiscal y contable para organizaciones de la sociedad civil en México.<a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/03/GuiaDONATARIAS_100.pdf"> Leer.</a> </strong></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/publican-guias-para-facilitar-el-conocimiento-de-obligaciones-legales-y-fiscales-de-donantes-y-donatarias/">Guías para facilitar el conocimiento de obligaciones legales y fiscales</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Actualización legal y fiscal, tema del segundo Foro Cemefi 2026 📺</title>
		<link>https://www.cemefi.org/actualizacion-legal-y-fiscal-tema-del-segundo-foro-cemefi-2026/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Autor 2 Cemefi]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Mar 2026 16:08:21 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias legales y fiscales]]></category>
		<category><![CDATA[Videograbaciones Cemefi]]></category>
		<category><![CDATA[donatarias autorizadas]]></category>
		<category><![CDATA[informacion legal y fiscal osc]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.cemefi.org/?p=41214</guid>

					<description><![CDATA[<p>El 27 de febrero se llevó a cabo, en línea, el segundo Foro Cemefi de 2026, con el tema Actualización legal y Fiscal.</p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/actualizacion-legal-y-fiscal-tema-del-segundo-foro-cemefi-2026/">Actualización legal y fiscal, tema del segundo Foro Cemefi 2026 📺</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El 27 de febrero se llevó a cabo, en línea, el segundo Foro Cemefi de 2026, con el tema Actualización legal y fiscal.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Jaime León Reyes, abogado experto del despacho de Chevez Ruiz Zamarripa estuvo a cargo de la exposición de actualizaciones para las donatarias autorizadas.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Sobre</strong> <strong>la autorización para recibir donativos deducibles de impuestos</strong>, conforme a la fracción 3.10.1.4, es necesario mantener actualizada la información ante el RFC:</p>



<p class="wp-block-paragraph">-Cambio de domicilio fiscal y apertura o cierre de establecimientos.<br>-Cambio de denominación o razón social o de clave en el RFC.<br>-Suspensión de actividades y en su caso, solicitud de prórroga, así como la reanudación de las mismas.<br>-Fusión, escisión, liquidación o cese total de operaciones.<br>-Cambio de residencia fiscal.<br>-Modificación a sus estatutos o cualquier otro requisito que se hubiera considerado para otorgar la autorización.<br>-Nombramiento de nuevo representante legal.<br>-Actualización del documento vigente que acredite sus actividades.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También se establecieron <strong>requisitos adicionales para recibir donativos deducibles</strong>. Conforme a la fracción 3.10.1.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal, (RMF), las organizaciones <strong>deben tener actualizada su carta de acreditación de actividades</strong>, para lo cual deben:<br>-Presentar documentos con vigencia mínima de 6 meses.<br>-Contar con convenios de apoyo a otras donatarias sujetas a requisitos**<br>-En el caso de las que otorgan becas, deben exhibir reglamento y publicación de las convocatorias para otorgarlas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Asimismo, y conforme a la fracción 3.10.1.6 de la RMF; la constancia de acreditamiento de actividades realizadas debe mencionar en qué consisten las actividades específicas que realiza la organización civil o fideicomiso, en cumplimiento a su objeto social o fin y la forma en la que las acreditó, indicando el lugar o ciudad en la que se realizan.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>No se tendrá por cumplido el requisito señalado en la presente fracción, cuando la autoridad que emita el documento únicamente realice una transcripción del objeto social de la organización civil o fin autorizado del fideicomiso, conforme a sus estatutos sociales, contrato del fideicomiso o la ley del ISR.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>También debe incluir el fundamento de la competencia de la autoridad que lo emite, y sus medios de contacto: domicilio, teléfono, y correo electrónico institucional.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Y en el caso de aquellas que tienen fines educativos, deben contar con reconocimientos de validez oficial de los estudios que se imparten. Es necesario contar con los reconocimientos por todos y cada uno de los niveles educativos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En lo que se refiere a las instituciones de asistencia privada (IAP), el documento que acredite sus actividades asistenciales podrá ser emitido por la propia autoridad que autorizó su constitución bajo dicha figura jurídica.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">Jaime León Reyes señaló que hay una <strong>nueva obligación sobre la autorización para aplicar los donativos recibidos a actividades adicionales a su objeto social </strong>(3.10.1.8 RMF):</p>



<p class="wp-block-paragraph">La solicitud de autorización de actividades adicionales o cambio de actividad preponderante debe presentarse en el mismo ejercicio fiscal en el que se realiza dichas actividades. Y en el caso de no obtener la autorización, se considerará que la organización destina su patrimonio a fines distintos.</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Otros aspectos relevantes que las donatarias deben cuidar:</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La información reportada en la Declaración Informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación, deberá coincidir con lo manifestado en su declaración anual, sus CFDI, y contabilidad, conforme a la regla 3.10.1.12.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Para efecto de la revocación por incumplimiento de obligaciones fiscales</strong>, el SAT podrá verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de las donatarias autorizadas, establecidas en las disposiciones fiscales, tomando en cuenta la siguiente información (regla 3.10.1.17):</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>-Avisos al RFC<br>-Declaraciones informativas o de retenciones a las que se encuentran sujetos, en materia de ISR, IVA, o IEPS, según corresponda.<br>-Comprobantes fiscales (CFDI)<br>-Contabilidad electrónica<br>-Obligaciones derivadas de la autorización para recibir donativos del extranjero.<br>-Destino del patrimonio conforme el artículo 138 del Reglamento de la Ley del ISR.<br>-Correcto llenado de la Declaración Informativa en materia de transparencia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">**<strong>Y para la acreditación de actividades, </strong>es importante que las donatarias cuiden que sus convenios de apoyo económico a otras donatarias (regla 3.10.1.6), cumplan con todos los requisitos de validez:</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>-La beneficiaria cuente con autorización para recibir donativos deducibles al momento en que se le va a proporcionar el apoyo, de lo cual deberá asegurarse la organización civil otorgante del apoyo.<br>-Se manifieste expresamente que la beneficiaria se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.<br>-Indique los requisitos que cumplió la beneficiaria para la obtención de los donativos a lso que se obliga la otorgante.<br>-Declare si los socios, asociados, patronos, representantes legales o cualquier integrante de la organización civil otorgante del apoyo forman parte o tiene algún tipo de relación con la beneficiaria y de no ser así, hagan la manifestación expresa.<br>-Señale el número de cuenta bancaria y periodicidad para la entrega de los donativos y para el caso de donativos en especie, indicar el tipo de bienes, así como el lugar y forma de entrega.<br>-Adjunte copia de la identificación oficial vigente de los representantes legales que suscriben el convenio.</p>



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<p class="has-text-align-center has-small-font-size wp-block-paragraph">Te compartimos la grabación del Foro Cemefi</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cemefi te invita a consultar la bibliografía relacionada con este Foro Cemefi. Haz clic <a href="https://bit.ly/cemefi-foro-legal-fiscal">aquí.</a></p>



<div class="wp-block-kadence-spacer aligncenter kt-block-spacer-41214_81f664-e8"><div class="kt-block-spacer kt-block-spacer-halign-center"><hr class="kt-divider"/></div></div>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/actualizacion-legal-y-fiscal-tema-del-segundo-foro-cemefi-2026/">Actualización legal y fiscal, tema del segundo Foro Cemefi 2026 📺</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Programa de orientación para el cumplimiento de obligaciones fiscales</title>
		<link>https://www.cemefi.org/sat-invita-a-osc-a-programa-de-orientacion-para-el-cumplimiento-de-sus-obligaciones/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Autor 2 Cemefi]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Feb 2026 18:48:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias legales y fiscales]]></category>
		<category><![CDATA[obligaciones]]></category>
		<category><![CDATA[orientación]]></category>
		<category><![CDATA[sat]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.cemefi.org/?p=40820</guid>

					<description><![CDATA[<p>Para el cumplimiento en materia de prevención de lavado de dinero. Será el 27 de febrero.</p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/sat-invita-a-osc-a-programa-de-orientacion-para-el-cumplimiento-de-sus-obligaciones/">Programa de orientación para el cumplimiento de obligaciones fiscales</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Servicio de Administración Tributaria convocan al Programa de Orientación para cada uno de los Sujetos Obligados que realizan Actividades Vulnerables.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El objetivo del programa es apoyar a los sujetos obligados en el cumplimiento de sus responsabilidades en materia de prevención de lavado de dinero y fortalecer la relación entre autoridades supervisoras y sujetos obligados.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Esta capacitación está dirigida a las organizaciones de la sociedad civil, porque conforme el Artículo 17, fracción XIII de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita; la recepción de donativos por parte de las asociaciones y sociedades sin fines de lucro por un valor igual o superior al equivalente a mil seiscientas cinco veces el valor diario de la UMA; es una actividad vulnerable.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El evento se llevará a cabo el viernes 27 de febrero a las 10:00 en el Auditorio del SAT, Módulo VIII del complejo BANCEN, ubicado en Calle Valerio Trujano No. 10, Colonia Guerrero, C.P. 06300, Cuauhtémoc, Ciudad de México.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Las OSC interesadas deben solicitar su inscripción al correo centraldeactividadesvulnerables@sat.gob.mx, y proporcionar la información requerida antes del 23 de febrero:</p>



<p class="wp-block-paragraph">&#8211; Alta (SPPLD)</p>



<p class="wp-block-paragraph">&#8211; Nombre completo o razón social</p>



<p class="wp-block-paragraph">&#8211; Correo electrónico</p>



<p class="wp-block-paragraph">&#8211; Nacionalidad</p>



<p class="wp-block-paragraph">&#8211; Actividad vulnerable que realiza</p>



<p class="wp-block-paragraph">&#8211; Cargo que desempeña</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph">El acceso es gratuito. La asistencia presencial está imitada a 250 personas, máximo 2 asistentes por sujeto obligado. También es posible participar de manera remota (transmisión en vivo vía YouTube).</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="803" height="1024" src="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/02/cd6f7ea8-6de9-4508-8aae-e24dd5891d09-803x1024.jpg" alt="" class="wp-image-40821" srcset="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/02/cd6f7ea8-6de9-4508-8aae-e24dd5891d09-803x1024.jpg 803w, https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/02/cd6f7ea8-6de9-4508-8aae-e24dd5891d09-235x300.jpg 235w, https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/02/cd6f7ea8-6de9-4508-8aae-e24dd5891d09-768x979.jpg 768w, https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/02/cd6f7ea8-6de9-4508-8aae-e24dd5891d09.jpg 1080w" sizes="(max-width: 803px) 100vw, 803px" /></figure>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/sat-invita-a-osc-a-programa-de-orientacion-para-el-cumplimiento-de-sus-obligaciones/">Programa de orientación para el cumplimiento de obligaciones fiscales</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Donatarias deberán presentar la determinación de riesgos de trabajo</title>
		<link>https://www.cemefi.org/donatarias-autorizadas-deberan-presentar-la-determinacion-anual-de-la-prima-en-el-seguro-de-riesgos-de-trabajo-imss/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Autor 2 Cemefi]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 05 Feb 2026 16:29:04 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias legales y fiscales]]></category>
		<category><![CDATA[2026]]></category>
		<category><![CDATA[donatarias]]></category>
		<category><![CDATA[IMSS]]></category>
		<category><![CDATA[osc]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.cemefi.org/?p=40628</guid>

					<description><![CDATA[<p>Se calcula según la siniestralidad registrada en la organización en 2025 y se deberá presentar ante el Seguro Social.</p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/donatarias-autorizadas-deberan-presentar-la-determinacion-anual-de-la-prima-en-el-seguro-de-riesgos-de-trabajo-imss/">Donatarias deberán presentar la determinación de riesgos de trabajo</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Los responsables (patrones) en la administración de las donatarias autorizadas deben presentar la Determinación Anual de la Prima de Riesgo, que se calcula según la siniestralidad registrada en la organización en el año anterior 2025. Este año, debe presentarse durante el mes de febrero, del 1° al día 28.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El periodo que abarca: del 1° de enero al 31 de diciembre del año inmediato anterior a la presentación de la determinación anual de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, de conformidad con el artículo 32, fracción V del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Consulta la Guía que publica el IMSS para el cumplimiento de esta obligación, haz clic <a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/02/Guia_para_la_generacion_de_la_Determinacion_de_la_PSRT_SUA_IDSE_2026.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">aquí.</a></p>



<p class="wp-block-paragraph">Si tienes dudas, consulta las respuestas a las Preguntas Frecuentes sobre la Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo. Consúltalas <a href="https://www.imss.gob.mx/preguntas-frecuentes/sistemas/determinacion-prima">aquí.</a></p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/donatarias-autorizadas-deberan-presentar-la-determinacion-anual-de-la-prima-en-el-seguro-de-riesgos-de-trabajo-imss/">Donatarias deberán presentar la determinación de riesgos de trabajo</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Sobre la constancia de acreditación de actividades para las donatarias</title>
		<link>https://www.cemefi.org/sobre-la-constancia-de-acreditacion-de-actividades-para-las-donatarias-autorizadas-2026/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Autor 2 Cemefi]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 16 Jan 2026 19:58:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Comunidad Cemefi]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias legales y fiscales]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.cemefi.org/?p=40004</guid>

					<description><![CDATA[<p>El listado de las dependencias de gobierno que expiden las constancias de acreditación de actividades tiene modificaciones.</p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/sobre-la-constancia-de-acreditacion-de-actividades-para-las-donatarias-autorizadas-2026/">Sobre la constancia de acreditación de actividades para las donatarias</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">A partir de 2026, el listado de las dependencias de gobierno que expiden las Constancias de Acreditación de Actividades que integran el objeto social de las donatarias autorizadas, tiene modificaciones, particularmente en lo que respecta a las actividades de carácter asistencial y de desarrollo social que por costumbre se recomendaba acudir al DIF o a la Secretaría de Bienestar, de manera idónea.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La novedad, recae en que para respaldar dichas actividades deben ser avaladas : “<em>por la autoridad Federal, Estatal o Municipal que, conforme a la normatividad aplicable, tengan atribuciones relacionadas con las materias siguientes</em>:</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Asistenciales, como las siguientes:</strong></p>



<ol class="wp-block-list">
<li>Alimentación, vestido y vivienda.</li>



<li>Asistencia o rehabilitación médica.</li>



<li>Asistencia y orientación jurídica.</li>



<li>Promoción para la tutela de los derechos de los menores.</li>



<li>Readaptación social de personas que han llevado a cabo conductas ilícitas.</li>



<li>Rehabilitación de Alcohólicos y farmacodependientes.</li>



<li>Ayuda para servicios funerarios.</li>



<li>Orientación social en materia de familia, alimentación, trabajo y salud.</li>



<li>Educación o capacitación para el trabajo.</li>



<li>Capacitación, difusión, orientación y asistencia a pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas.</li>



<li>Servicios de atención a personas con discapacidad.</li>



<li>Fomento de acciones para mejorar la economía popular.</li>
</ol>



<p class="wp-block-paragraph">A nivel <strong>municipal</strong>, únicamente se aceptarán los documentos emitidos por organismos desconcentrados o descentralizados.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Desarrollo Social, como las siguientes:</strong></p>



<ol class="wp-block-list">
<li>Promoción de la participación organizada de la población en las acciones que mejoren sus condiciones de subsistencia.</li>



<li>Seguridad ciudadana.</li>



<li>Apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos.</li>



<li>Cívicas, enfocadas a promover la participación ciudadana en asuntos de interés público.</li>



<li>Promoción en la equidad de género.</li>



<li>Apoyo en el aprovechamiento de los recursos naturales, la protección del ambiente, la flora y fauna, la preservación y restauración del equilibrio ecológico.</li>



<li>Promoción del desarrollo sustentable a nivel regional y comunitarios de zonas urbanas y rurales.</li>



<li>Promoción y fomento educativo, cultural, artístico, científico y tecnológico.</li>



<li>Protección civil.</li>



<li>Servicios de apoyo a la creación y fortalecimiento de organizaciones en términos de la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.</li>
</ol>



<p class="wp-block-paragraph">A nivel <strong>municipa</strong>l, únicamente se aceptarán los documentos emitidos por organismos desconcentrados o descentralizados.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Es importante resaltar, que las actividades asistenciales y de desarrollo social que se publican en este listado y que fue extraído de la ficha de trámite <strong>19/ISR</strong> <em>“Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles, así como aplicar dichos donativos recibidos en actividades adicionales.</em>” (tabla 19.1); integrado al <strong>Anexo 2 de la RMF-2026</strong>, no coinciden de manera exacta, como lo establece la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) actual.</p>



<p class="wp-block-paragraph">&nbsp;Para consultar la tabla que contiene el: Listado de Documentos para acreditar actividades, <strong><a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/01/Listado-de-Documentos-para-acreditar-actividades-2026.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">aquí.</a></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/sobre-la-constancia-de-acreditacion-de-actividades-para-las-donatarias-autorizadas-2026/">Sobre la constancia de acreditación de actividades para las donatarias</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Publican el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026</title>
		<link>https://www.cemefi.org/primer-listado-de-donatarias-autorizadas-2026/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Autor 2 Cemefi]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 12 Jan 2026 23:12:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias legales y fiscales]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.cemefi.org/?p=39759</guid>

					<description><![CDATA[<p>La información que contiene este documento abarca desde el 1° de enero hasta el 9 de diciembre de 2025. ¡Consúltalo!</p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/primer-listado-de-donatarias-autorizadas-2026/">Publican el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="has-medium-font-size wp-block-paragraph"><strong>Incluye el primer listado de donatarias autorizadas en 2026</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El 9 de enero de 2026 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el <strong>Anexo 14, </strong>instrumento que enlista a las organizaciones de la sociedad civil (OSC) que, sin fines de lucro, han obtenido la autorización para recibir o continuar recibiendo donativos deducibles de impuestos de sus donantes (donatarias autorizadas). La información que contiene este documento abarca desde el 1° de enero hasta el 9 de diciembre de 2025.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Es importante que los integrantes de las organizaciones que están dentro del sector de las donatarias autorizadas revisen este “primer listado” para verificar que el nombre de la organización que presiden se encuentre en el rubro de “autorizadas”, lo que significa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha autorizado un año más a la organización o institución para continuar recibiendo donativos deducibles del impuesto sobre la renta.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Este Anexo 14, está segmentado de manera que se puede distinguir en él, las 12 actividades que el SAT autoriza; adicional a estas, la autorización del extranjero, el nombre de las organizaciones que obtuvieron su autorización en los rubros de: “autorizaciones”, de las que han “cambiado de rubro”, así como las que han perdido la autorización en el modo de “revocación”, las organizaciones que perdieron la autorización en el modo de “pérdida de vigencia”, las que obtuvieron la “autorización del extranjero”, entre otros.</p>



<p class="wp-block-paragraph">De las novedades que encierra este documento es la forma de publicar a las OSC donatarias autorizadas que ha perdido su autorización, distinguiéndolas en dos grupos: Revocación y Pérdida de Vigencia.</p>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Revocación</strong>, por el incumplimiento de obligaciones de conformidad con el artículo 82-Quater de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Las mismas que se pueden consultar en este <strong><a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/01/Revocaciones-DA-2026.pdf">enlace.</a></strong></li>



<li>&nbsp;</li>
</ol>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Pérdida de vigencia:</strong> en cinco supuestos que son los siguientes:</li>
</ul>



<ol class="wp-block-list">
<li>Organizaciones multadas que incumplieron el requisito previsto en la fracción I del Transitorio Vigésimo Quinto de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, en relación con las reglas 3.10.1.5., fracción I, inciso a) y 3.10.1.12., derivado de la obligación de presentar la Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación del ejercicio 2024. &nbsp;Consulta si el nombre de la organización que se preside se ubica en este primer supuesto, haz clic <a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/01/1.-Perdida-de-Vigencia-2026.pdf">aquí.</a></li>
</ol>



<ul class="wp-block-list">
<li>Organizaciones multadas que incumplieron el requisito previsto en la fracción II del Transitorio Vigésimo Quinto de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, en relación con las reglas 3.10.1.5., fracción I, inciso a) y 3.10.1.12., derivado de no haber realizado el pago de la multa impuesta. Consulta si el nombre de la organización que se preside se ubica en este segundo supuesto. Haz clic <a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/01/2.-Perdida-de-Vigencia-2026.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">aquí.</a></li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Organizaciones multadas que incumplieron el requisito previsto en la fracción III del Transitorio Vigésimo Quinto de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, en relación con las reglas 3.10.1.5., fracción I, inciso a) y 3.10.1.12., derivado de haber interpuesto medio de defensa contra la multa impuesta. Consulta si el nombre de la organización que se preside se ubica en este tercer supuesto. Haz clic <a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/01/3.-Perdida-de-Vigencia-2026.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">aquí.</a></li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Organizaciones que incumplieron la obligación de presentar en tiempo y forma la “Declaración anual de ingresos y egresos” correspondiente al ejercicio fiscal 2024, a que se refiere el artículo 86, tercer párrafo de la Ley del ISR, en relación con la regla 3.10.1.5., fracción I, inciso b) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025. Consulta si el nombre de la organización que se preside se ubica en este cuarto supuesto. Haz clic <a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/01/4.-Perdida-de-Vigecia-2026.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">aquí.</a></li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Organizaciones que se encuentran <strong>con estatus cancelado</strong> ante el RFC. Consulta si el nombre de la organización que se preside se ubica en este quinto supuesto. Haz clic <a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/01/5.-Perdida-de-Vigecia-2026.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">aquí.</a></li>
</ul>



<p class="has-medium-font-size wp-block-paragraph"><strong>Nuevas autorizaciones</strong>:</p>



<p class="wp-block-paragraph">En el caso de las OSC que promovieron su autorización, si no aparecen en este primer listado, es posible que el SAT (si la OSC cumple con todos los requisitos) publique el nombre de la organización en el rubro de “autorizaciones” en la primera modificación al Anexo 14; es decir, en el segundo listado.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Consulta el <strong>contenido completo</strong> del <strong>Anexo 14 en el siguiente <a href="https://www.cemefi.org/wp-content/uploads/2026/01/ANEXO-14-2026-PRIMER-LISTADO.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">enlace.</a></strong></p>



<p class="has-small-font-size wp-block-paragraph"><strong><em>“La información aquí proporcionada se otorga a manera de orientación jurídica por lo que no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales”</em></strong></p>
<p>El cargo <a href="https://www.cemefi.org/primer-listado-de-donatarias-autorizadas-2026/">Publican el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026</a> apareció primero en <a href="https://www.cemefi.org">Centro Mexicano para la Filantropía</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
	</channel>
</rss>
