Cómo expedir CFDI con el "complemento donatarias"
Aviso a Donatarias
Noviembre 3, 2026.
El 30 de octubre se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, donde se incorpora la Regla 3.10.1.26 referida a los comprobantes de ingresos emitidos por las entidades autorizadas para recibir donativos deducibles de impuestos. Las donatarias autorizadas deberán expedir CFDI que amparen sus ingresos incorporando el “Complemento Donatarias” que publique el SAT y los CFDI podrán emitirse a través de la plataforma electrónica del SAT.
Fundamento: LISR: artículo 86, Reglamento de la LISR: artículos 128 y 138, RMF: 2.7.1.8.
Consulta esta información contenida en la nueva regla 3.10.1.26, aquí.