Octubre 14, 2026.

Aviso para donatarias que no presentaron Informe de Transparencia o su Declaración Anual, pero sí pagaron su multa correspondiente.

Este comunicado se dirige a los representantes de las donatarias autorizadas que, por algún motivo, omitieron presentar en tiempo y forma la “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación”, también conocido como el “Informe de Transparencia”, que se presenta únicamente durante el mes de mayo de cada año o que por alguna razón omitieron enterar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) la Declaración Anual de Ingresos y Egresos que debe presentarse a más tardar el 15 de febrero de cada año.

El SAT ha determinado que dichas organizaciones mantendrán su autorización para continuar recibiendo donativos deducibles de impuestos para el ejercicio 2027, siempre que hayan cumplido con lo siguiente:

  1. Haber pagado la multa correspondiente, a más tardar el 30 de septiembre de 2026, señalada en el artículo 81 primer párrafo, fracción XLIV del Código Fiscal de la Federación.
  • Que hayan presentado las declaraciones informativas omitidas a que se refiere la regla 3.10.1.5., tercer párrafo, fracción I, incisos a) Informe de Transparencia y b), la Declaración Anual de Ingresos y Egresos correspondientes al ejercicio fiscal 2025.
  • Que no hubiesen interpuesto un medio de defensa o se desistan del mismo. Asimismo, que, después del 30 de septiembre de 2026 habiendo obtenido el beneficio de mantener su autorización, no interpongan algún medio de defensa en contra de la multa referida.

Consulta esta información publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1° de octubre de 2026, aquí.

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