SAT estrena minisitio para donatarias autorizadas

8 de noviembre de 2022

Aviso a las donatarias autorizadas

El 1° de noviembre de 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página de Internet, el minisitio denominado Donatarias Autorizadas, cuyo contenido está dirigido particularmente al sector filantrópico. En este espacio, los representantes de estas organizaciones, docentes, ciudadanos e investigadores de la sociedad civil organizada, podrán obtener información de primera mano, sobre los diversos temas que involucran el trabajo de estas organizaciones.  

En esta página, se podrán identificar seis (6) rubros (pestañas) con la información siguiente: 

1) Inicio de página: aquí obra el título del sitio. 

2) Trámites: a) donde podrán encontrar, los que exige el SAT para postular al régimen de las donatarias autorizadas; b) menciona a las dependencias de gobierno autorizadas para expedir las Constancias de Acreditación de Actividades; y c) las facultades de comprobación por parte del SAT a las OSC donatarias a quienes la autoridad fiscal les haya iniciado facultades de comprobación por medio de una revisión de gabinete. 

3) Obligaciones: en este rubro se puede identificar los tipos de las declaraciones que una donataria, que según el caso,  debe presentar como: a) la declaración anual de Ingresos y Egresos; b) la declaración de transparencia de ejercicios posteriores a 2020 (el uso y destino de los donativos, entre otros), sirve para presentar la declaración informativa de transparencia del ejercicio 2020 y posteriores; c) la declaración de donativos superiores a 100 mil pesos; d) la declaración de retenciones; e) la declaración de transparencia de ejercicios anteriores a 2020, sirve para dar cumplimiento al informe de transparencia de ejercicios anteriores a 2020, si fuiste donataria autorizada en dichos ejercicios, todas con sus vínculos (ligas) correspondientes. 

4) Padrón de donatarias: donde se pueden identificar los siguientes temas: a) el directorio (listado de las donatarias); b) el nombre de las OSC donatarias pendientes de publicar en el Anexo 14; c) las estadísticas que prevalecen en este Sector, como la autorizaciones por: ejercicio, rubro, entidad federativa, donatarias revocadas por ejercicio, donatarias que perdieron vigencia por ejercicio y tiempo de atención; d) datos abiertos publicados por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el SAT, permite conocer la información acerca de los donativos, ingresos, erogaciones y percepciones que reciben cada una de las donatarias autorizadas. 

5) Material adicional: a) rubro donde se podrá consultar las diferentes Guías para el mejor cumplimiento de las obligaciones fiscales que deben presentar estas organizaciones; b) tiene un “contenido relacionado”, que presenta diversa información como: calendario de obligaciones, minisitio de factura, ventajas de ser donataria autorizada,  ventajas para los donantes, vigencia y efectos de la autorización, medios de defensa que se presentan ante la autoridad fiscal, listado de acreditamientos y  tutoriales y video chats, declaración informativa de transparencia de donatarias autorizadas, entre éstos, el Tutorial: generación de facturas en el servicio gratuito del SAT y el Video Chat: donatarias autorizadas y, finalmente, un listado de los cuestionamientos más frecuentes sobre: preguntas de transparencia, preguntas Covid, CFDI, preguntas requerimientos y prórrogas y preguntas sobre copias certificadas. 

6) Buscar: aquí se podrá realizar alguna inquietud que posiblemente, no encontraron en el recorrido de este sitio. 

Es, sin duda, una excelente herramienta de consulta, elaborada por las autoridades fiscales (SHCP-SAT) que permite al Sector de las personas morales, autorizadas para recibir donativos deducibles de impuestos, mejor conocidas como Donatarias Autorizadas, visibilizar su labor benéfica en la construcción del bien público; así como la ponderación del compromiso social entre el gobierno federal y este importante Sector de la sociedad civil organizada. 

Este sitio lo puedes consultar, aquí: 

 http://omawww.sat.gob.mx/donatariasautorizadas/Paginas/index.html

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