Donataria, tienes hasta diciembre para modificar tus estatutos

Plazo fatal: 31 de diciembre de 2022

Septiembre 6, 2022.

Este 31 de diciembre de 2022, se cumple el plazo para modificar el texto de las cláusulas de Patrimonio y Liquidación en los estatutos de las organizaciones de la sociedad civil (donatarias y no donatarias). La omisión de esta obligación es causa para revocar la autorización para recibir donativos deducibles de impuestos para las organizaciones que son donatarias autorizadas. 

Es importante señalar que la redacción de estas cláusulas es diferente en cuanto a su contenido, es decir, considera si la organización cuenta con su Clave Única de Inscripción (CLUNI), si es una Institución de Asistencia Privada (I.A.P., I.B.P., A.B.P., etc.) o es una Asociación Civil (A.C.).

A efecto de dar cumplimiento, al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y lo que exige la Secretara del Bienestar y Cohesión social, la redacción será conforme a lo establecido en la siguiente liga.

Caso contrario, si no cuentas con la CLUNI y no hay intención de obtenerla, la redacción será conforme a lo establecido por la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) articulo 82; fracciones: IV y V. Consulta este ordenamiento, en el siguiente enlace.

Logo ESR Logo Institucionalidad y transparencia Logo OSC Digital
© Derechos de autor 2024. Centro Mexicano para la Filantropía A.C.
Ir arriba