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El Fondo otorga anualmente un apoyo económico a organizaciones de la sociedad civil que contribuyen a mejorar las condiciones de la comunidad y fomentan el espíritu solidario, de manera innovadora, sostenible y con impacto medible.

Objetivo:


Apoyar proyectos de educación y capacitación que promuevan la autonomía económica y contribuyan a la prevención de la violencia contra mujeres, niñas y niños. Se otorgarán dos donativos de $150,000 MXN.

Cierra:


Marzo 16.

Publicación de resultados:


Primera semana de mayo de 2026.

Bases:

Consulta la convocatoria completa aquí.


Contacto:


Kathia Lobato
comunidad@juniorleaguemexico.org.mx

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Convoca:

Fundación Merced

Objetivo de la convocatoria:

Empoderar a las personas jóvenes mediante la mejora de su calidad de vida y el fomento de su participación a través de proyectos con enfoques sociales y económicos que aborden el bienestar integral (social, económico, salud mental y física, educación y protección), la participación ciudadana y visibilidad para adolescentes y la erradicación de la violencia contra las mujeres jóvenes.

Cobertura y periodo de ejecución:

El programa IDEAS apoyará a dos (2) organizaciones ubicadas dentro del territorio nacional, una (1) por categoría (Categoría 1. Organización de la sociedad civil ¨OSC¨ de reciente creación, categoría 2. OSC (preferentemente de reciente creación) que trabajen en alianza con un grupo o colectivo de personas jóvenes) cuyos proyectos deberán ejecutarse en 3 periodos de 12 meses cada uno.

Los recursos solicitados podrán ejercerse en:

• Recursos Humanos (bajo cualquier régimen) directamente relacionados al proyecto (máximo 30% del total del apoyo económico).
• Recursos materiales directamente relacionados a la iniciativa presentada.
• Equipos electrónicos (laptops, computadoras, tabletas electrónicas, entre otros) que esté justificado en la operación del proyecto (máximo 20% del total del proyecto)

Postulaciones:

Las organizaciones podrán presentar su postulación a través de la plataforma digital https://fundacionmerced.vform.io/.

Sesión informativa:

Se llevará a cabo de forma virtual el mismo 2 de marzo.  Inscripción al seminario web – Zoom

Vigencia:

Hasta el 27 de marzo a las 11:30 pm centro de México).

Informes:

Adriana Marenco Cruz
Oficial de Programas
convocatorias@fundacionmerced.org.mx

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Dirigido a:

Organizaciones sin fines de lucro que trabaja directamente con mujeres y niñas en situación de vulnerabilidad, esta oportunidad puede ser para ustedes.

Se apoyarán proyectos que promueven el acceso a la educación, la integración social y profesional, y la protección de los derechos de mujeres y niñas.

Aunque se priorizan proyectos de OSC que operan en la Unión Europea, organizaciones de otras partes del mundo están invitadas a participar.

Vigencia:

Todo el año.

Más información:

Consulta la página del El Fondo L’Oréal para la Mujer

Haz clic en el siguiente enlace.

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Los responsables (patrones) en la administración de las donatarias autorizadas deben presentar la Determinación Anual de la Prima de Riesgo, que se calcula según la siniestralidad registrada en la organización en el año anterior 2025. Este año, debe presentarse durante el mes de febrero, del 1° al día 28.

El periodo que abarca: del 1° de enero al 31 de diciembre del año inmediato anterior a la presentación de la determinación anual de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, de conformidad con el artículo 32, fracción V del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

Consulta la Guía que publica el IMSS para el cumplimiento de esta obligación, haz clic aquí.

Si tienes dudas, consulta las respuestas a las Preguntas Frecuentes sobre la Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo. Consúltalas aquí.

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Dirigido a:

A estudiantes radicados en México de entre 15 y 20 años, con inscripción vigente en instituciones de educación secundaria, bachillerato o su equivalente, públicas o privadas.

Convocan

El Centro Regional de Seguridad Hídrica bajo los auspicios de UNESCO, la Universidad Nacional Autónoma de México, a través de la Red del Agua UNAM, y la Embajada de Suecia en México.

Objetivos:

Fomentar la conciencia y el conocimiento sobre el valor y la situación del agua;
Estimular el interés por la investigación en materia de seguridad hídrica;
Promover la generación de futuros líderes del sector con una sólida formación académica;
Impulsar aportaciones científicas, tecnológicas y sociales que contribuyan a solucionar problemas hídricos locales, regionales y/o globales; y
Incitar el trabajo en equipo y el empleo de diversas disciplinas para desarrollar proyectos factibles y con alta calidad técnica.

Registro:

Se deberá llenar el formato electrónico de registro, en la página:
https://forms.gle/Z5xXMt1sSu1YetBY6

Cierra

Abril 28 de 2026

Bases

Haz clic en la siguiente liga.

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El artículo 82-Quárter, de la Ley del ISR, en su apartado A, establece los supuestos de revocación y de manera particular lo referido en su fracción III, que establece lo siguiente:

“III. Cuando con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación o de los expedientes, documentos o bases de datos del Servicio de Administración Tributaria *o aquellas a las que tenga acceso o tenga en su poder dicho órgano administrativo desconcentrado, se conozca la actualización de cualquier hecho que constituya incumplimiento a las obligaciones o requisitos que establezcan las disposiciones fiscales a cargo de las donatarias autorizadas.”

*Énfasis añadido

En atención de lo anterior, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) solicitará a las unidades administrativas competentes la información que resulte necesaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de las donatarias autorizadas, entre otras, las relacionadas con lo siguiente:

  1. Los Avisos correspondientes al RFC.
  • La presentación de las declaraciones informativas o de retenciones a las que se encuentren sujetos, en materia de ISR, IVA o IEPS, según corresponda (con sus reservas)
  • La expedición y obtención de comprobantes fiscales.
  • La obligación de llevar contabilidad.
  • Las obligaciones establecidas en el artículo 82 de la Ley del ISR.
  • Las obligaciones derivadas de la autorización para recibir donativos del extranjero.
  • La transmisión y destino del patrimonio a otra donataria, en caso de que la donataria que perdió a la autorización se vea obligada, es decir, una vez que se venza el plazo de 12 meses para recuperarla.
  • El Correcto llenado de la “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio y el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación que se presenta en mayo.

Fuente:

Artículo 82-Quárter de la LISR. Consulta aquí.

Regla 3.10.1.17. “Verificación de información para efecto de la revocación por incumplimiento de obligaciones fiscales.” Consulta aquí.

La información aquí proporcionada se otorga a manera de orientación jurídica, por lo que no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales.

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Obligaciones de carácter administrativo que deben cumplir las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados

Las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles (donatarias autorizadas), además de cumplir con los avisos ante el RFC, también deben mantener vigente el padrón de organizaciones que corresponden a este régimen ante el SAT debiendo informar sobre los siguientes cambios o situaciones:

  1. Cambio de domicilio fiscal y apertura o cierre de establecimientos.
  2. Cambio de denominación o razón social o de clave en el RFC.
  3. Suspensión de actividades y, en su caso, solicitud de prórroga, así como la reanudación de las mismas.
  4. Fusión, escisión, liquidación o cese total de operaciones.
  5. Cambio de residencia fiscal (a otro país).
  6. Modificación a sus estatutos o cualquier otro requisito que se hubiera considerado para otorgar la autorización.
  7. Nombramiento de nuevo representante legal.
  8. Actualización del documento vigente que acredite sus actividades.

Estas obligaciones de carácter administrativo, deberán presentarse conforme a los plazos que establece la ficha 20/ISR denominada “Avisos para la actualización del padrón y directorio de donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles.” Consulta la ficha aquí.

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