La fecha límite es el 15 de febrero
Durante febrero, a más tardar el día 15, salvo que la autoridad fiscal indique lo contrario, las donatarias autorizadas deberán presentar su Declaración Anual de Ingresos y Egresos del ejercicio 2024, mediante el formato 21 (F21). Esta declaración tiene como propósito enterar al Servicio de Administración Tributaria, el SAT, de los ingresos obtenidos por la donataria; así como de las erogaciones realizadas por ésta durante el ejercicio correspondiente y, en su caso, si pagará Impuesto sobre la Renta.
La omisión de esta información es causa para perder la autorización para recibir donativos deducibles de impuestos en el modo de “pérdida de vigencia” y de la multa correspondiente.
Es importante referir que lo informado en este dispositivo electrónico, coincida con la Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio y el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación (Informe de Transparencia), que se presenta en mayo, para evitar discrepancias.
El formato 21 está estructurado para la presentación de la Declaración Anual de las OSC donatarias y no donatarias que comparten en Título III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Destacar que este formato 21, también lo completan las organizaciones que no son donatarias; porque militan y comparten el Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Lea cuidadosamente la siguiente Guía que publica el SAT para completar de manera apropiada los campos que les exige este formato, para subir la información correspondiente al régimen de las donatarias, “personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles de impuestos”.
“La información aquí proporcionada se otorga a manera de orientación jurídica por lo que no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales.”