Cambio de redacción de las cláusulas sobre Patrimonio y Liquidación en los estatutos

Las donatarias están obligadas a su cumplimiento para conservar su autorización

Junio 22, 2022.

El 8 de diciembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la obligación de modificar el contenido de las cláusulas de Patrimonio y Liquidación que el Servicio de Administración Tributaria, el SAT, exige como medio para mantener la autorización para recibir donativos deducibles de impuestos. 

Obligación que ya fue cumplida por un número importante de organizaciones donatarias autorizadas; sin embargo, la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) publicada el 27 de diciembre de 2021, aplicable para el ejercicio 2022, mediante su regla 3.10.5., denominada “Supuestos y requisitos para recibir donativos deducibles” en su fracción VI establece nuevos cambios en su redacción.

Es importante destacar que el SAT reconoce como válidos los cambios propuestos por esta autoridad conforme a la publicación en el DOF del 8 de diciembre de 2020; pero, para efecto de dar cumplimiento a la Dirección General para el Bienestar y la Cohesión Social (antes IDESOL) requiere que los cambios a estas cláusulas se realicen conforme a la RMF para 2022.

Estas modificaciones son aplicables para las OSC donatarias autorizadas que cuentan con CLUNI.

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