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Deben cumplir con esta obligación bajo protesta de decir verdad.

Las organizaciones civiles y fideicomisos que no cuentan con la autorización para recibir donativos deducibles de impuestos, que durante 2023 hayan recibido donativos de donatarias autorizadas para realizar labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales, deberán presentar un informe a través del Portal del SAT en el que detallen el uso y destino de los recursos recibidos.

La información declarada será responsabilidad directa de las organizaciones civiles o fideicomisos y se rendirá “bajo protesta de decir verdad”.

Consulta la siguiente información:

Ficha de trámite 9/Ley de Ingresos de la Federación, “Informe de donativos recibidos para la atención de desastres naturales”. Consulta, ver enlace.

Regla 9.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal, consulta aquí.

Artículo 23 de la LIF (Extracto); consulta aquí.

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