Compartir: Twitter facebook Pinterest Linkedin Desconocido1 Desconocido

Oportunidades de apoyo económico para organizaciones de la sociedad civil

Consulta las oportunidades que ofrecen la organización Ellas, Fundación NTT Data México, Fundación Aleatica, el Gobierno de México, y la empresa Actinver.

Consulta más convocatorias en el siguiente enlace.

Premio Generosas, eAward México 2023, Actinver Apoya Sueños, Premio Nacional de Acción Voluntaria y Solidaria, Premio Seguridad Vial Somos Todos.
Compartir: Twitter facebook Pinterest Linkedin Desconocido1 Desconocido

Mantener los datos desactualizados podría ser causal de multa

Las donatarias autorizadas, están obligadas a contar con esquemas de identificación de sus Beneficiaros Controladores e integrar esta información como parte de su Contabilidad para que, en su caso, pueda ser entregada al Servicio de Administración Tributaria, el SAT, a través del Buzón Tributario, cuando la autoridad fiscal la solicite. 

Omitir la información de los beneficiarios controladores o tenerla desactualizada tiene consecuencias onerosas, multas que van desde los $ 500,000.00, hasta los $ 2, 000,000.00. 

Quienes tengan dudas sobre los datos que deben recabarse de las personas físicas considerados como beneficiarios controladores de la OSC, deben consultar lo que marca la regla general 2.8.1.22., de la Resolución Miscelánea Fiscal-2022. Consulta la Regla en la siguiente liga.

Consulta el Comunicado de prensa del a Suprema Corte de Justicia de la Nación, del 14 de junio de 2023, en la que consideró constitucional que el SAT conozca quiénes controlan o se benefician de personas morales, fideicomiso y otras figuras jurídicas, haz clic en este enlace.

Compartir: Twitter facebook Pinterest Linkedin Desconocido1 Desconocido

Aviso importante para las OSC que recibieron donativos por los sismos de 2017.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado el listado de las organizaciones que aún cuentan con remanentes pendientes de destinar que provienen de donativos recibidos para mitigar los efectos de los sismos de septiembre de 2017, teniendo como fecha de corte el 29 de mayo de 2023.

Es importante que revises si tu institución es parte de esta relación. Consulta el listado en la siguiente enlace.

Compartir: Twitter facebook Pinterest Linkedin Desconocido1 Desconocido

El SAT envió el 6 de junio un documento al buzón tributario de las organizaciones.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), comparte su reconocimiento al sector de las organizaciones de la sociedad civil, donatarias autorizadas, que han cumplido en tiempo y forma con la presentación de la declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación mejor conocido como el “Informe de Transparencia” 

Este es el comunicado que las OSC recibieron en su buzón.

Compartir: Twitter facebook Pinterest Linkedin Desconocido1 Desconocido

Convocatorias para OSC emitidas durante la primera quincena de mayo

A continuación te presentamos un breve resumen de las convocatorias que se han dado a conocer esta semana. Consulta la sección Convocatorias de cemefi.org

“REPSOL energiza mi proyecto”

Convoca: Repsol.

Descripción: convocatoria para proyectos sociales que se desarrollen en el entorno de las operaciones de Repsol en México, particularmente en Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, Ciudad de México, Colima, Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas.

Objetivo: Contribuir al bienestar de la sociedad, mejorar la calidad de vida de las personas y lograr un mayor desarrollo social, educativo, ambiental y cultural.

Dirigido a: OSC donatarias autorizadas

Líneas prioritarias:

Colectivos vulnerables:

Discapacidad y dependencia:

Protección del medio ambiente:

Diversidad e Inclusión:

Registro:

Enviar su Proyecto a responsabilidad_social@repsol.com y especificar cómo se

enteraron de la convocatoria (si fue a través de un socio comercial de Repsol, favor de

decir el nombre).

Bases: www.repsol.com.mx

Vigencia: hasta el 28 de mayo

Dirigido a:

A las organizaciones de la sociedad civil que desarrollen proyectos de apoyo a las comunidades vulnerables y en pro de la sostenibilidad, con el objetivo de mejorar el impacto en sus programas a través de mejoras en operación, infraestructura y capacitación.

Objetivo:

Apoyar, incentivar y potenciar proyectos que contribuyan a mejorar las comunidades de sectores vulnerables de la población en México con el fin de favorecer el desarrollo de capacidades asociadas a programas de alimentación, crecimiento económico y mejora de calidad de vida de grupos vulnerables, con un enfoque colaborativo que genere un impacto social y en pro de la sostenibilidad.

Población objetivo:

Esta convocatoria busca beneficiar a población vulnerable de todo el País, dando

relevancia a beneficiarios de Chihuahua, San Luis Potosí y Estado de México.

Prioritariamente con las siguientes condiciones:

• Población en contextos de conflictos

• Zona de alta marginación y pobreza

• Grupos de alta vulnerabilidad

Categorías para participar:

1. Responsabilidad Social y Bienestar de la comunidad

2. Cuidado y mejora del medio ambiente.

Bases y registro:

La apertura de sistema en línea para presentar el registro y la carta de intención estará habilitada a partir del jueves 1 de junio y hasta el viernes 16 de junio a las 22:00 h. En la página www.fundacionalpura.org.

Vigencia:

Hasta el 16 de junio

Vigencia: a partir del 19 de mayo


Dirigido a: 10 organizaciones de la sociedad civil que operan en México


Objetivo: promover la reducción de desigualdades, la equidad de género y el desarrollo de comunidades vulnerables.


Bases: en la página www.actinver.com en la pestaña Actinver Apoya.

Décimo Segunda Convocatoria para la presentación de proyectos ciudadanos de radio

Convoca: Instituto Mexicano de la Radio

Dirigido a: ciudadanía, grupos y organizaciones la sociedad civil y a personas vinculadas con la academia e investigación, que tengan entre sus objetivos y experiencia la realización de actividades que puedan ser de interés público.

Descripción: se trata de proyectos radiofónicos que puedan incorporarse en la programación de Radio Ciudadana XEDTL 660 AM, en la Ciudad de México, que promuevan la cultura democrática, la libertad de expresión y el derecho a la información de la ciudadanía.

Áreas temáticas:

Bases y registro: www.imer.mx

Medio Ambiente y desarrollo sostenible

Educación

Derechos Humanos, erradicación de la discriminación e inclusión.

Derechos de los animales

Equidad de y perspectiva de género

Cultura de paz

Salud

Artes contemporáneas y actividades lúdicas

Contacto: ciudadana660@imer.com.mx

Vigencia: hasta el 31 de mayo

Convocan: Fundación Coppel y Fundación FEMSA, a través de Impactuando.

Descripción: Esta convocatoria busca identificar las buenas prácticas en beneficio de niñas y niños en primera infancia implementadas por OSC en México.

Bases: haz clic en el siguiente enlace.

Acerca de las prácticas:

  • La práctica debe contribuir a uno o más de los componentes del Marco del cuidado cariñoso y sensible desarrollado por Unicef y la OMS.
  • La práctica debe fortalecer una o más tipos de habilidades para el desarrollo integral.
  • Entorno de implementación: hogar, centro de salud, centro de atención inicial, preescolar, entorno comunitario, espacio público.

Premios:

-Se seleccionarán a las organizaciones con las mejores prácticas, a las que se les otorgará en una sola exhibición,  un donativo entre $500,000 y $1,000,000 MXN que deberá ser aplicado por la OSC en la implementación de la práctica postulada.

-Publicación de la práctica.

Vigencia: hasta el 9 de junio.

Entérate de la reforma a la Regla 2.4.15. y a la ficha 295/CF, referente a los socios, accionistas y asociados de la organización.

Mayo 11, 2023.

Una de las obligaciones que tienen las donatarias autorizadas consiste en informar, al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el nombre y el RFC de sus asociados, entre otros, conforme a lo establecido en el artículo 27, apartados A, fracción II y B, fracción VI, del Código Fiscal de la Federación (CFF).

En este sentido, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), expide “reglas de carácter general” y “fichas guía” que permiten obtener mayor claridad sobre esta obligación. Así, la Regla: 2.4.15. “Modificación o incorporación de información de socios o accionistas” y la ficha: “295/CFF denominada “Solicitud de modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquéllas que tengan control, influencia significativa o poder de mando”, fueron reformadas, para quedar como sigue:

Regla: “2.4.15. Modificación o incorporación de información de socios o accionistas, así como de representantes legales

Ficha: “Ficha: 295/CFF Solicitud de modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquéllas que tengan control, influencia significativa, poder de mando y de representantes legales.

Con dichas reformas queda claro que, adicional a la información que las donatarias entregan de sus socios, “accionistas” y asociados”, también deben informar, en los mismos términos, los datos del o de sus representantes legales.

Además de lo anterior, la regla 2.4.15., hace mención del artículo 19 del Código Fiscal de la Federación (CFF) cuyo texto establece la imposibilidad de terceros de representar a un particular mediante la gestión de negocios ante las autoridades fiscales en materia administrativa, sin contar con Poder Notarial, o carta poder y testigos. En estos casos, el otorgante de la representación, puede solicitar a las autoridades fiscales la inscripción de dicha representación en el registro de representantes legales de las autoridades fiscales y éstas expedirán la constancia de inscripción correspondiente.

Para mayor información consulta la siguiente literatura sobre este particular tema:

  • Regla: 2.4.15. Modificación o incorporación de información de socios o accionistas, así como de representantes legales. Lee la transcripción en este enlace.
  • Ficha: 295/CFF Solicitud de modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquéllas que tengan control, influencia significativa, poder de mando y de representantes legales. Leer en la siguiente liga.
  • Código Fiscal de la Federación (CFF). Lee la transcripción del artículo 19, en este vínculo.

También en mayo deben informar sobre donativos otorgados en 2022 a otras organizaciones civiles o fideicomisos que se dediquen a labores de rescate o reconstrucción ante los efectos de un fenómeno natural.

Mayo 10, 2023.

Durante mayo y paralelamente a la presentación de la “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación” (Informe de Transparencia), que las donatarias presentan cada año; también, deben informar y por separado, sobre los donativos o apoyos económicos que hayan otorgado a otras organizaciones de la sociedad civil (OSC) o fideicomisos que no cuentan con autorización para recibir donativos deducibles de impuestos y cuyo objeto exclusivo es realizar labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales. Lo anterior, conforme a lo previsto en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF).

Se considerará “desastre natural” cuando la Secretaría de Gobernación emita el Decreto correspondiente en el que se establezcan las zonas o demarcaciones territoriales que fueron afectadas por algún desastre natural.

Las donatarias que pueden realizar este tipo de apoyos deben contar con la autorización por actividades asistenciales, desarrollo social y obras o servicios públicos.

Para mayor información consulta la siguiente literatura:

Ficha guía: 8/LIF “Informe de donativos otorgados a organizaciones o fideicomisos no autorizados para recibir donativos”, en el siguiente enlace.

Regla 9.15. RMF, en esta liga.

Artículo 23 de la LIF, en el enlace.

Las OSC con el permiso de emitir recibos deducibles de impuestos deben estar atentas a los avisos del SAT y a cualquier información que aparezca en el Diario Oficial de la Federación

Mayo 9, 2023.

Dos de las formas más frecuentes de perder la autorización para recibir donativos deducibles de impuestos son las siguientes:


En el “modo” revocación, significa que se incumplieron con obligaciones de carácter administrativo. Por ejemplo, la omisión en la actualización de las cláusulas de Patrimonio y Liquidación en los estatutos de la donataria o por el vencimiento de la vigencia de su Constancia de Acreditación de Actividades.


En este “modo”, el SAT avisa mediante Buzón Tributario. Las organizaciones reciben un oficio en el que se les informa a los representantes de la donataria que cuentan con 10 días para subsanar la omisión en la que incurrieron. En caso de ignorar esta prevención (oficio) y agotados las prórrogas (dos más) otorgadas por el SAT; la donataria recibirá otro oficio donde es notificada de la revocación de su autorización.


En el “modo pérdida de vigencia”, se refiere a la pérdida de la autorización del SAT por el incumplimiento de obligaciones fiscales por parte de la donataria, en específico por la omisión de la Declaración Anual de Transparencia (que siempre se realiza en mayo), y de la Declaración Anual de Ingresos y Egresos (formato 21) que se presenta a más tardar el 15 de febrero de cada año.


En este “modo”, el SAT no envía un oficio de prevención mediante Buzón Tributario a los representantes de la donataria, como en el caso de la revocación. Los nombres de las organizaciones que están en este supuesto aparecen publicados en el Anexo 14 del Diario Oficial de la Federación (DOF), en el rubro “pérdida de vigencia”.


Es así que las organizaciones de la sociedad civil deben revisar el DOF y el Anexo 14, pues de no enterarse en tiempo y forma de la pérdida de su autorización, y de continuar recibiendo donativos y los donantes otorgándolos; estas serían las consecuencias:


• Los recibos de donativos no serán deducibles para el donante
• Las OSC pagarán impuesto sobre la renta por los ingresos
.

Por esta razón se recomienda permanecer atento a la publicación de Anexo 14 y revisarlo cuidadosamente, ya que es la fuente que utiliza el SAT para informar a los donantes, sociedades mercantiles (empresas); donatarias autorizadas en su carácter de donantes (de segundo piso) y personas físicas la situación que prevalece en lo referente a la autorización para recibir donativos deducibles de impuestos de las donatarias, entre otros temas. Es importante que este instrumento sea consultado por los donantes y donatarias.

Para el caso de las donatarias autorizadas en su carácter de donantes, podría considerarse como un remanente ficto.

De la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, segundo listado.

Abril 28, 2023.

El martes 25 de abril, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) fue publicada la primera modificación al Anexo 14, (segundo listado del año), que enumera los nombres de las organizaciones que están autorizadas y vigentes para recibir donativos deducibles de impuestos. Comprende información generada desde el 10 de diciembre de 2022 hasta el 09 de marzo de 2023.

En el listado, los donantes pueden consultar el nombre de las donatarias que perdieron su autorización en el “modo pérdida de vigencia” y en el “modo revocación“; así como, las cancelaciones que presentaron las propias OSC donatarias de su autorización ante el SAT y mucho más.

Es importante mencionar que si el nombre de alguna organización no se encuentra en este listado, no es motivo de alarma, significa entonces que la donataria se encuentra vigente conforme al Anexo 14 de fecha 11 de enero de 2023.

Consulta el Anexo 14, en este enlace.

Para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación.

Abril 25, 2023.

El próximo mes de mayo dará inicio la Jornada de Transparencia 2023, la cual consiste en presentar, por parte de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), Donatarias Autorizadas, la Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación, en lo sucesivo “Informe de Transparencia”.

A reserva de que el Servicio de Administración Tributaria, el SAT pudiera cambiar de último minuto el plazo y fecha para presentar esta información, las donatarias están obligadas a entregar este Informe de Transparencia únicamente durante el mes de mayo.

La consecuencia de omitir esta declaración en tiempo y forma es la pérdida de la autorización para recibir donativos deducibles de impuestos y de la multa que corresponde, alrededor de $100,000.00.

Es importante mencionar que los datos que se presenten en este Informe de Transparencia deben coincidir con los declarados en la Declaración Anual de Ingresos y Egresos (formato 21) presentada en el mes de febrero pasado; revisar que en el contenido de ambas declaraciones haya coherencia para evitar discrepancias.

Para mayor información, consulta la siguiente literatura sobre el cumplimiento de esta importante obligación, que es exclusivamente para el Sector de las Donatarias Autorizadas:

Ficha guía: 19/ISR “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación.” Consulta la ficha en el siguiente enlace.

Visita la página SAT, un video tutorial, disponible en el siguiente enlace.

Ir arriba