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El artículo 82-Quárter, de la Ley del ISR, en su apartado A, establece los supuestos de revocación y de manera particular lo referido en su fracción III, que establece lo siguiente:

“III. Cuando con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación o de los expedientes, documentos o bases de datos del Servicio de Administración Tributaria *o aquellas a las que tenga acceso o tenga en su poder dicho órgano administrativo desconcentrado, se conozca la actualización de cualquier hecho que constituya incumplimiento a las obligaciones o requisitos que establezcan las disposiciones fiscales a cargo de las donatarias autorizadas.”

*Énfasis añadido

En atención de lo anterior, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) solicitará a las unidades administrativas competentes la información que resulte necesaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de las donatarias autorizadas, entre otras, las relacionadas con lo siguiente:

  1. Los Avisos correspondientes al RFC.
  • La presentación de las declaraciones informativas o de retenciones a las que se encuentren sujetos, en materia de ISR, IVA o IEPS, según corresponda (con sus reservas)
  • La expedición y obtención de comprobantes fiscales.
  • La obligación de llevar contabilidad.
  • Las obligaciones establecidas en el artículo 82 de la Ley del ISR.
  • Las obligaciones derivadas de la autorización para recibir donativos del extranjero.
  • La transmisión y destino del patrimonio a otra donataria, en caso de que la donataria que perdió a la autorización se vea obligada, es decir, una vez que se venza el plazo de 12 meses para recuperarla.
  • El Correcto llenado de la “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio y el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación que se presenta en mayo.

Fuente:

Artículo 82-Quárter de la LISR. Consulta aquí.

Regla 3.10.1.17. “Verificación de información para efecto de la revocación por incumplimiento de obligaciones fiscales.” Consulta aquí.

La información aquí proporcionada se otorga a manera de orientación jurídica, por lo que no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales.

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04.11.2025

Fue publicada la segunda modificación

El 3 de noviembre fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Segunda Modificación al Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, el tercer listado de donatarias autorizadas.

Comprende información generada del 17 de abril hasta el 17 de julio de 2025. En este instrumento se podrá consultar la siguiente información:

  1. Autorizaciones.
  2. Autorizaciones para recibir donativos del Extranjero.
  3. Actualizaciones como: Cambios de Rubro y Cambio de Denominación.
  4. Revocaciones derivadas del procedimiento previsto en el artículo 82 Quáter de la Ley del ISR. 
  5. Cancelaciones solicitadas conforme al artículo 82, fracción V de la Ley del ISR.
  6. Organizaciones que presentaron Aviso de Extinción, disolución o liquidación conforme a la ficha 16/ISR “Avisos para la actualización del padrón y directorio de donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles” contenida en el Anexo 1-A.
  7. Rectificaciones.
  8. Cumplimiento de Sentencias, Recursos de Revocación y Medidas Cautelares.

Es importante precisar que, si no se identifica la denominación de la organización en este tercer listado, es porque seguramente se ubica en el Anexo 14 de fecha 03 de enero de 2025. Finalmente, en este aviso presentamos el listado de las organizaciones que desafortunadamente perdieron su autorización para recibir donativos deducibles de impuestos, en el modo de Revocación.

REVOCACIONES DERIVADAS DEL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 82 QUÁTER DE LA LEY DEL ISR.

No. RFC DENOMINACIÓN SOCIAL OBJETO PREPONDERANTE 
APH100610CH0 Acciones Permanentes y Habilidades Estratégicas para el Apoyo Social A.C. Asistencial 
ADU050621RE9 Alarifes de Durango A.C. Asistencial 
ANS960402B71 Albergue para Niños San Martín de Porres A.C. Asistencial 
AFI100527HY0 Alianza para la Formación e Investigación en Infraestructura para el Desarrollo de México A.C. Investigación Científica o Tecnológica 
AMA1805181S0 Amamigo A.C. Asistencial 
AVS221011196 Amigos con Vocación y Servicio Social A.C. Asistencial 
AOL161213IA1 Ángeles Olvidados A.C. Asistencial 
ACI0806103W7 Artemisa Centro de Investigaciones Artísticas A.C. Investigación Científica o Tecnológica 
AET1505078F5 Artes Escénicas Teatro de Aire A.C. Asistencial 
10 ANE050418T89 Asociación de Parteras Profesionales a la Vanguardia A.C. Asistencial 
11 AHP991216MEA Asociación Humanitaria Pietro Noris A.C. Asistencial 
12 AJR9611221U5 Asociación Julio Roldán I.A.P. Asistencial 
13 APT231128PC0 Atención Profesional a la Tercera Edad Tlamatini A.C. Asistencial 
14 CEM0106082K1 Cáritas Emergencias A.C. Asistencial 
15 CAM080305751 Centro de Análisis y Medición del Bienestar Social A.C. Investigación Científica o Tecnológica 
16 CEI9807179TA Centro Educativo Integral Campus Orizaba, S.C. Educativa 
17 CMP151008DK4 Centro Mexicano Pro Bono A.C. Asistencial 
18 CME101125RQ2 Colegio Morelos Educación Integral S.C. Educativa 
19 CCC230303ND1 Comunidad Creativa Camino al Arte A.C. Cultural 
20 MEP1206059I6 Concilio Vaticano A.C. Asistencial 
21 DCC970519LT1 Desarrollo Comunitario Chiapaneco A.C. Asistencial 
22 DTP220829645 Descubre tu Potencial A.C. Asistencial 
23 EPP940504RL5 Educación Profesional Peninsular A.C. Educativa 
24 CME861001TTA El Colegio Mexiquense A.C. Investigación Científica o Tecnológica 
25 PDH151204NS3 En Pro de los Derechos Humanos Fundación, Universal México A.C. Asistencial 
26 EMI140502V83 Encourage Ministries A.C. Asistencial 
27 EKH1912118D1 Every Kids Hope Ministry A.C. Asistencial 
28 EED2209291Y4 Exousia Educativa A.C. Asistencial 
29 EUM170920IN2 Extendiendo una Mano a la Gente en Baja A.C. Asistencial 
30 FEE140630RL4 Fomento a la Educación de Excelencia en Nuevo León A.C. Desarrollo Social 
31 FRA9705052I0 Fraterna I.A.P. Asistencial 
32 FAS180227330 Fundación Acción Solidaria A.C. Asistencial 
33 FAS0306279P5 Fundación Amparo Serrano A.C. Asistencial 
34 FAU230712BBA Fundación Anquma, una Mano Amiga A.C. Asistencial 
35 FCB650701EY0 Fundación Carlos B. Maldonado y Esposa I.A.P. Becante 
36 FCJ9801237K4 Fundación Científica José M García Valdecasas Santa María A.C. Investigación Científica o Tecnológica 
37 FCV980223SJ2 Fundación Comparte Vida A.C. Investigación Científica o Tecnológica 
38 FED2101213F4 Fundación Educalibre A.C. Asistencial 
39 FLE0910036X1 Fundación Loma Encantada A.C. Asistencial 
40 FMA231109CA5 Fundación Más Allá de los Sentidos A.C. Asistencial 
41 FMS941103P85 Fundación Mexicana para la Salud Capítulo Peninsular A.C. Investigación Científica o Tecnológica 
42 FPS1709018W2 Fundación para el Progreso Sostenible del Totonacapan A.C. Asistencial 
43 FPE140801IQA Fundación Pro Emprendimiento A.C. Investigación Científica o Tecnológica 
44 FRS200410MA5 Fundación Recupera-T Salud Mental y Adicciones A.C. Asistencial 
45 FSH140918D50 Fundación Share A.C. Asistencial 
46 FSV2209232V5 Fundación Sr. Vek Mujeres Extraordinarias A.C. Asistencial 
47 FTL160516J87 Fundación Tlatilca A.C. Asistencial 
48 FTS221108918 Fundación tus Sueños mi Sueño A.C. Asistencial 
49 FVA100730KS1 Fundación Villa Aprendizaje A.C. Investigación Científica o Tecnológica 
50 GEO1005138C7 Geomare A.C. Investigación Científica o Tecnológica 
51 GCO230123JZ0 Gueza Comunidad A.C. Asistencial 
52 HCT081015FA9 Hogares Calasanz de Tijuana (HOCATI) A.C. Asistencial 
53 HOP150519LP8 Hopninj A.C. Asistencial 
54 UPN130926790 Institución de Educación Mérida S.C. Educativa 
55 INN190404P90 Instituto de Neurología, Neurocirugía y Enfermedad Cerebro Vascular I.A.P. Asistencial 
56 INI1309065C7 Instituto Nacional de Investigación Avanzada en Diabetes Mellitus y Enfermedades Crónicas del Metabolismo A.C. Asistencial 
57 ITN100302HD6 Instituto Tierra Nueva de Iguala A.C. Educativa 
58 TN210215NR7 Instituto Toon Naatik A.C. Educativa 
59 ISY110208EEA Integración Social Yolvi A.C. Asistencial 
60 LME790201R70 Lamar Mexicana A.C. Educativa 
61 MMD9607254S9 Mesón de la Misericordia Divina A.C. Asistencial 
62 MJD170308MA2 Movimiento Juvenil para el Desarrollo Integral Sustentable A.C. Desarrollo Social 
63 NRE060920R58 Nuestras Realidades A.C. Obras o Servicios Públicos 
64 PCC091114C95 Paz y Convivencia Ciudadana A.C. Asistencial 
65 PED030118U57 Planeación, Estímulo y Desarrollo S.C.P. Educativa 
66 UVD171206CI3 Por una Vida Digna, Caminemos Juntos A.C. Asistencial 
67 RMJ220405U77 Red de Mujeres Jacarandas A.C. Asistencial 
68 RAC1906254Y0 Reef Aquaculture Conservancy A.C. Investigación Científica o Tecnológica 
69 RMA1907269C8 Regazo de María A.C. Asistencial 
70 RVI230511KA8 Regresando a la Vida A.C. Asistencial 
71 RME180226LU9 Rendart México A.C. Asistencial 
72 RBO191111H78 Roma Box A.C. Asistencial 
73 AAA080627P15 Servicios Corporativos Quick Learning S.C. Apoyo Económico 
74 SGF230404AH8 Súmate – Formación y Desarrollo A.C. Asistencial 
75 TWA220221B94 Those of the Way A.C. Asistencial 
76 UHC980817HTA Un Hogar Para Cada Niño- Cada Niño Con Un Hogar A.C. Asistencial 
77 UAA920320TD5 Universidad Americana de Acapulco A.C. Educativa 
78 UDP0301305U8 Universidad del Desarrollo Profesional S.C. Educativa 
79 UEE101126SJ3 Universidad Educativa de Ecatepec S.C. Educativa 
80 IDM951121NV1 Universidad Profesional para tu Desarrollo S.C. antes ICEL Servicios Educativos y Administrativos S.C. Educativa 
81 UVI0407085NA Universidad Victoria S.C. Educativa 
82 VFN0205077M9 Vida y Familia Nacional A.C. Asistencial 
83 VVL92100943A Voluntarias Vicentinas de Lerdo A.C. Asistencial 
84 VVT9402264D2 Voluntarias Vicentinas de Tuxpam Ver A.C. Asistencial 

La información aquí proporcionada se otorga a manera de orientación jurídica por lo que no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales.

Consulta en el DOF del 3 de noviembre, el Anexo 14; en la siguiente liga.

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La fecha límite es el 15 de febrero

Durante febrero, a más tardar el día 15, salvo que la autoridad fiscal indique lo contrario, las donatarias autorizadas deberán presentar su Declaración Anual de Ingresos y Egresos del ejercicio 2024, mediante el formato 21 (F21). Esta declaración tiene como propósito enterar al Servicio de Administración Tributaria, el SAT, de los ingresos obtenidos por la donataria; así como de las erogaciones realizadas por ésta durante el ejercicio correspondiente y, en su caso, si pagará Impuesto sobre la Renta.

La omisión de esta información es causa para perder la autorización para recibir donativos deducibles de impuestos en el modo de “pérdida de vigencia” y de la multa correspondiente.

Es importante referir que lo informado en este dispositivo electrónico, coincida con la Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio y el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación (Informe de Transparencia), que se presenta en mayo, para evitar discrepancias.

El formato 21 está estructurado para la presentación de la Declaración Anual de las OSC donatarias y no donatarias que comparten en Título III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Destacar que este formato 21, también lo completan las organizaciones que no son donatarias; porque militan y comparten el Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Lea cuidadosamente la siguiente Guía que publica el SAT para completar de manera apropiada los campos que les exige este formato, para subir la información correspondiente al régimen de las donatarias, “personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles de impuestos”.

“La información aquí proporcionada se otorga a manera de orientación jurídica por lo que no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales.”

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Aviso a las donatarias autorizadas sobre nuevo valor de la UMA y sus efectos en materia de donativos

Como es sabido, la recepción de donativos es considerada por la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) como una “actividad vulnerable”, hasta ciertos montos conocidos como “umbrales”.

Para efectos de dar cumplimiento con las obligaciones que las donatarias tienen como sujetos de este ordenamiento, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) publicó los nuevos valores de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que tendrán vigencia a partir del 1 de febrero de 2025.

Esta información es importante porque modifica el monto de los umbrales para la identificación y presentación de avisos con relación a los donativos que recibirán las donatarias autorizadas en 2025, para quedar como sigue:

Umbral de Identificación: Este supuesto se actualiza cuando la donataria recibe, por un solo donante y en una sola exhibición, un donativo igual o superior a $181,589.70, lo cual implica elaborar el expediente con los datos generales de dicho donante y supervisarlo durante seis meses, y vigilar que este acumulado, en su caso, alcance el umbral de aviso donde la donataria deberá presentarlo ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en el “portal antilavado”, página de Internet.

Umbral de Aviso:  Este supuesto se actualiza cuando la donataria recibe, por un solo donante y en una sola exhibición, un donativo igual o superior a $363,179.40, lo cual obliga a la donataria, previa elaboración del expediente del donante, a presentar el aviso a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en el “portal antilavado”, página de Internet.

Asimismo, prevalece la obligación de presentar el “Aviso en ceros” en caso que la donataria no haya tenido operaciones con los montos (umbrales) arriba mencionados.

Para efectos de la mecánica del registro de los donativos que caen en el umbral de identificación y de la elaboración de los expedientes de los donantes, se debe considerar lo establecido en el artículo 7, del Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, que reza lo siguiente:

“*Artículo 7.- Los actos u operaciones que celebren quienes realicen las Actividades Vulnerables establecidas en el artículo 17 de la Ley con sus Clientes o Usuarios cuya suma acumulada, por tipo de acto u operación, en un periodo de seis meses alcance los montos para la presentación de Avisos a que se refiere el mencionado artículo estarán sujetas a la obligación de presentar Avisos, *debiendo considerarse, para tales efectos, únicamente los actos u operaciones que se ubiquen en los supuestos de identificación establecidos en el artículo 17 de la Ley.”

* Énfasis añadido.

 Consulta el comunicado de Prensa 1/25 publicado por el INEGI, aquí.

“La información aquí proporcionada se otorga a manera de orientación jurídica por lo que no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales.”

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Aviso a las donatarias autorizadas que realizan actividades ecológicas

Este 18 de julio de 2024, fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto por el que se expide la Ley Ambiental de la Ciudad de México y se abroga la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México.

Esta Ley es aplicable únicamente para las donatarias autorizadas en la ciudad de México que realizan actividades ecológicas, de obras y servicios con proyectos de medio ambiente; así como de aquellas donatarias en materia de desarrollo social en el rubro del apoyo en el aprovechamiento de los recursos naturales, la protección del ambiente, la flora y la fauna, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la promoción del desarrollo sustentable a nivel regional y comunitario, de las zonas urbanas y rurales.

Para conocer la nueva Ley Ambiental de la Ciudad de México, haz clic aquí.

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Comunicado de la Secretaría de Bienestar

La directora general para el Bienestar y la Cohesión Social, de la Secretaría de Bienestar, emitió un comunicado cuyo propósito es informar a las organizaciones de la sociedad civil (OSC), donatarias y no donatarias, de la ampliación del plazo para la entrega del informe anual 2023.

Leer más.

También en mayo deben informar sobre donativos otorgados en 2022 a otras organizaciones civiles o fideicomisos que se dediquen a labores de rescate o reconstrucción ante los efectos de un fenómeno natural.

Mayo 10, 2023.

Durante mayo y paralelamente a la presentación de la “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación” (Informe de Transparencia), que las donatarias presentan cada año; también, deben informar y por separado, sobre los donativos o apoyos económicos que hayan otorgado a otras organizaciones de la sociedad civil (OSC) o fideicomisos que no cuentan con autorización para recibir donativos deducibles de impuestos y cuyo objeto exclusivo es realizar labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales. Lo anterior, conforme a lo previsto en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF).

Se considerará “desastre natural” cuando la Secretaría de Gobernación emita el Decreto correspondiente en el que se establezcan las zonas o demarcaciones territoriales que fueron afectadas por algún desastre natural.

Las donatarias que pueden realizar este tipo de apoyos deben contar con la autorización por actividades asistenciales, desarrollo social y obras o servicios públicos.

Para mayor información consulta la siguiente literatura:

Ficha guía: 8/LIF “Informe de donativos otorgados a organizaciones o fideicomisos no autorizados para recibir donativos”, en el siguiente enlace.

Regla 9.15. RMF, en esta liga.

Artículo 23 de la LIF, en el enlace.

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Nueve entidades donantes participaron en el Primer Foro Cemefi 2023

El primer Foro Cemefi de 2023 se realizó en Casa Cemefi el 26 de enero con el tema Recursos y Convocatorias para organizaciones de la sociedad civil. Al evento híbrido se conectaron más de 700 personas, para escuchar a los representantes de las nueve entidades donantes que explicaron los procesos para solicitar donativos.

1. Alicia Núñez Carreón, Directora General de Fundación DEACERO A.C. anunció que del 1° al 28 de febrero estará abierta la convocatoria para solicitar recursos para proyectos relacionados a la primera infancia, emprendimiento de madres y jóvenes, educación y apoyo a programas de becas para estudiantes del nivel medio superior. Interesados en solicitar recursos deben consultar las bases en www.fundaciondeacero.org/convocatoria

Invitó a participar en las sesiones informativas que habrá el 7 y el 8 de febrero y exhortó a las OSC a leer cuidadosamente las bases, pues siendo una fundación empresarial, (los recursos provienen de DEACERO), solo se apoyan proyectos cuyo impacto sea en las zonas geográficas donde la empresa tiene presencia. Advirtió que el monto máximo que otorgan por organización es de cien mil pesos y que parte del proceso de selección de proyectos implica visitas a las organizaciones y a las comunidades apoyadas por la donataria.

2. María Fernanda Peniche, Líder de la Fundación CMR comentó que el propósito de los programas de donativos es atender la desnutrición y la anemia en niños, así como impulsar la capacitación de instituciones para su fortalecimiento y desarrollo; por lo que otorgan recursos tanto económicos como en especie.

Comentó que la Fundación apoya proyectos con duración de 12 meses, enfocados a atender la primera infancia y a mujeres embarazadas. Invitó a las organizaciones de la sociedad civil a participar en la convocatoria que se publicará el 1° de octubre en fundacioncmr.org. Aclaró que el periodo de recepción de proyectos es del 16 de octubre a 16 de noviembre.

3. Osiris Pérez Pérez, Ejecutivo de inversión de Fundación CAAREM, habló sobre la Convocatoria Impulsando a la Niñez y el programa Importando Sonrisas.

Sobre la convocatoria que se lanza anualmente de septiembre a octubre, dijo que se busca beneficiar a personas de cero a dieciocho años y que las líneas de acción de los proyectos que apoyan son: educación, educación inclusiva (con enfoque a la niñez con discapacidad auditiva); acceso a la salud (con enfoque preventivo), y alimentación.

Acerca del programa Importando sonrisas, dijo que el apoyo consiste en la vinculación, facilitan la importación de donativos en especie mediante un servicio especializado pro bono. Las OSC interesadas deben enviar su solicitud junto con la documentación requerida, para que se les asigne un agente aduanal que las acompañará. Subrayó que los costos logísticos correrán por cuenta de las instituciones solicitantes.

Alicia Núñez Carreón, Directora General de Fundación DEACERO A.C.

4. María Heidy de la Cruz Salas, Gerente de Sostenibilidad Corporativa de la empresa Hotel City Express, habló sobre el programa Impacto City, mediante el cual otorgan como donativo en especie, alojamiento al personal de OSC cuando por motivos de trabajo tengan que trasladarse a una ciudad donde la cadena hotelera tenga presencia; que es prácticamente en todo el país, excepto Guerrero y Morelos.  

El donativo en especie se otorgará a OSC que tengan proyectos relacionados con: Construcción de vivienda y apoyo alimentario, conservación del patrimonio cultural y natural, turismo responsable; agua (acceso y saneamiento hídrico), economía circular, reducción de emisiones, protección de la vida marina.

Anunció que la convocatoria se publicará a finales de febrero en la página de la empresa y en sus redes sociales; y tendrá vigencia hasta la primera quincena de marzo. Una vez publicados los resultados, las OSC pueden hacer uso de su donativo desde el mes de abril y hasta el 28 de diciembre de 2023.

5. Marta García Guajardo, de FEMSA, dijo que la empresa otorga donativos económicos y en especie en temas como salud y bienestar (trabajo y vivienda digna), atención a retos sociales, educación, crisis climática. Sobre las personas sujetas a derecho señaló que son jóvenes, niños, adolescentes, adultos mayores (nuevas longevidades), migrantes y mujeres. 

Anunció que en el año se publican dos convocatorias, en www.donativos.femsa.com. La primera, está vigente del primero de enero al 28 de febrero; la segunda, del primero de mayo al 2 de agosto. Los resultados se publican el 30 de abril (de la primera) y el 30 de septiembre (de la segunda). La plataforma de donativos sirve para postular, enviar documentación y recibir retroalimentación de los proyectos por parte del Comité de Donativos.

6. Malaura Muñoz, de la Fundación para la Protección de la Niñez, habló sobre los fondos de inversión social con los que cuentan. Dijo que brindan apoyo económico y en especie conforme a las necesidades que detectan en las OSC; sirviendo como intermediario filantrópico entre empresas y las organizaciones.

La Fundación recibe recursos de empresas y los canaliza a las organizaciones para que mejoren su infraestructura o puedan equipar sus espacios para atender mejor a sus beneficiarios; niños, jóvenes y adultos mayores. Para poder recibir recursos, es necesario estar registrado en el padrón de OSC de la Fundación para la Protección de la Niñez.

Malaura Muñoz, de la Fundación para la Protección de la Niñez.

7. Ambar Plascencia, Directora de Sancus Foundation, subrayó que la fundación apuesta por una relación de mediano plazo con las OSC para apoyar dos causas principalmente, educación y medio ambiente.

Sobre el perfil de los beneficiarios de los proyectos, señaló que pueden ser personas, comunidades o escuelas, siempre y cuando se encuentren en dos municipios: Compostela, en Nayarit y Solidaridad, en Quintana Roo; pues al ser una fundación empresarial se busca apoyar a las comunidades donde la cadena hotelera RLH Properties tiene presencia.

Anunció que es febrero el mes en el que están abiertos a recibir propuestas de OSC porque solo durante marzo se evalúan los proyectos; para dar a conocer los resultados en abril. Los recursos que otorgan van de los $250 mil pesos hasta un millón quinientos mil.

8. Viviana Linares, Directora de Fundación Sanfer, dijo que al ser el brazo de responsabilidad social empresarial del Laboratorio Sanfer, su objetivo está orientado a la promoción de la salud y el bienestar, la eliminación de la pobreza y a la construcción de alianzas a favor de estas causas. Otros temas que apoyan son la prevención de adicciones, la atención de emergencias y la responsabilidad comunitaria.

También donan medicamentos a OSC que tengan programas de trabajo orientados a padecimientos específicos y que brinden servicios de salud a población vulnerable. Actualmente, junto con Medical Impact realizan brigadas de salud en el Estado de México, Puebla y Sonora. Para contar con Fundación Sanfer como aliado en brigadas médicas, las OSC deben contar con servicios móviles de salud.

9. Moisés Macip Mena, de la organización Con Cauce, en Puebla; dijo que apoyan a donatarias autorizadas que tengan al menos tres años de operación en el estado y que cuenten con proyectos de educación, desarrollo comunitario y servicios asistenciales.

Comentó que su convocatoria anual tiene una vigencia del 15 de abril al 15 de mayo, pues en junio se dan a conocer los resultados y es hasta julio que los recursos son entregados; que pueden ser entre $50 y $200 mil pesos por proyecto. Para participar es necesario crear un usuario en el sitio www.concauce.org.

Sofía Quintana, de Fundación Sanfer, Alicia Núñez, de Fundación DEACERO, y Cristina Ruiz, de Cemefi.

Grabación del Foro Cemefi de enero

Obligación en materia laboral que deben cumplir las donatarias autorizadas para hacer la determinación anual de la prima para la cobertura del seguro de riesgos de trabajo

Enero 20, 2023

Conforme a lo señalado en el artículo 72 de la Ley del Seguro Social, una de las obligaciones que tienen todos los patrones  (incluyendo las donatarias autorizadas) ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es revisar su siniestralidad con el propósito de determinar la prima para la cobertura del seguro de riesgos de trabajo.

La determinación de la prima de riesgos de trabajo se puede realizar por medio del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), o en línea, a través del portal del IMSS.

La omisión o el cumplimiento extemporáneo de esta obligación es causa de multa equivalente al importe de 20 a 210 veces la UMA, $ 2,074.80; y $ 21,785.40, conforme a los artículos 304-A, fracción XV y 304-B, fracción III, de la Ley del Seguro Social.

Descarga el documento guía sobre esta obligación, aquí.

Para mayor información consulta la página del IMSS: 

http://imss.gob.mx/patrones/determinacionprima#

Obligaciones legales y fiscales para las donatarias en 2023.

Con la actualización de la UMA, los umbrales de donativos cambiaron en 2022

Enero 10, 2022.

Los montos (umbrales) para este año 2022 en materia de donativos: en efectivo y en especie, nacionales e Internacionales, conforme a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), son los siguientes:

Primer Umbral: Identificación.

En este umbral, la Ley antilavado nos obliga, mediante la elaboración de un expediente, identificar a nuestro donante cuando éste, en una sola exhibición, haya otorgado a la Donataria un donativo, igual o superior, a $154,433.10 (Ciento cincuenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y tres pesos 10/100 M.N).

Segundo Umbral: Aviso.

En este caso, previa elaboración del expediente respectivo, la Donataria deberá presentar el Aviso que corresponde e informar que uno de sus donantes, en una sola exhibición, haya otorgado un donativo, igual o superior, a $308,866.20 (Trescientos ocho mil ochocientos sesenta y seis pesos 20/100 M.N).

Estas obligaciones deberán ser cumplidas por el responsable nombrado por la Donataria ante la Unidad de Inteligencia Financiera, la UIF (Portal Ley Antilavado).

Es importante señalar que en el caso del primer Umbral (identificación) la Donataria deberá monitorear durante 6 meses el expediente del donante identificado, por si se da el caso que este mismo, otorgue más donativos a lo largo de este plazo y que puedan actualizar el segundo Umbral y de ser así, cumplir con la obligación de presentar el Aviso correspondiente.

Fundamento: Artículo 17, fracción XIII, LFPIORPI.

INEGI: UMA: año 2022 $ 96.22.

Nota: La Unidad de Medida y Actualización (UMA) es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas, entre estas, la que concierne a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita Ley Federal (LFPIORPI) así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.

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