El 27 de febrero se llevó a cabo, en línea, el segundo Foro Cemefi de 2026, con el tema Actualización legal y fiscal.

Jaime León Reyes, abogado experto del despacho de Chevez Ruiz Zamarripa estuvo a cargo de la exposición de actualizaciones para las donatarias autorizadas.

Sobre la autorización para recibir donativos deducibles de impuestos, conforme a la fracción 3.10.1.4, es necesario mantener actualizada la información ante el RFC:

-Cambio de domicilio fiscal y apertura o cierre de establecimientos.
-Cambio de denominación o razón social o de clave en el RFC.
-Suspensión de actividades y en su caso, solicitud de prórroga, así como la reanudación de las mismas.
-Fusión, escisión, liquidación o cese total de operaciones.
-Cambio de residencia fiscal.
-Modificación a sus estatutos o cualquier otro requisito que se hubiera considerado para otorgar la autorización.
-Nombramiento de nuevo representante legal.
-Actualización del documento vigente que acredite sus actividades.

También se establecieron requisitos adicionales para recibir donativos deducibles. Conforme a la fracción 3.10.1.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal, (RMF), las organizaciones deben tener actualizada su carta de acreditación de actividades, para lo cual deben:
-Presentar documentos con vigencia mínima de 6 meses.
-Contar con convenios de apoyo a otras donatarias sujetas a requisitos**
-En el caso de las que otorgan becas, deben exhibir reglamento y publicación de las convocatorias para otorgarlas.

Asimismo, y conforme a la fracción 3.10.1.6 de la RMF; la constancia de acreditamiento de actividades realizadas debe mencionar en qué consisten las actividades específicas que realiza la organización civil o fideicomiso, en cumplimiento a su objeto social o fin y la forma en la que las acreditó, indicando el lugar o ciudad en la que se realizan.


No se tendrá por cumplido el requisito señalado en la presente fracción, cuando la autoridad que emita el documento únicamente realice una transcripción del objeto social de la organización civil o fin autorizado del fideicomiso, conforme a sus estatutos sociales, contrato del fideicomiso o la ley del ISR.


También debe incluir el fundamento de la competencia de la autoridad que lo emite, y sus medios de contacto: domicilio, teléfono, y correo electrónico institucional.

Y en el caso de aquellas que tienen fines educativos, deben contar con reconocimientos de validez oficial de los estudios que se imparten. Es necesario contar con los reconocimientos por todos y cada uno de los niveles educativos.

En lo que se refiere a las instituciones de asistencia privada (IAP), el documento que acredite sus actividades asistenciales podrá ser emitido por la propia autoridad que autorizó su constitución bajo dicha figura jurídica. 

Jaime León Reyes señaló que hay una nueva obligación sobre la autorización para aplicar los donativos recibidos a actividades adicionales a su objeto social (3.10.1.8 RMF):

La solicitud de autorización de actividades adicionales o cambio de actividad preponderante debe presentarse en el mismo ejercicio fiscal en el que se realiza dichas actividades. Y en el caso de no obtener la autorización, se considerará que la organización destina su patrimonio a fines distintos.

Otros aspectos relevantes que las donatarias deben cuidar:

La información reportada en la Declaración Informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación, deberá coincidir con lo manifestado en su declaración anual, sus CFDI, y contabilidad, conforme a la regla 3.10.1.12.

Para efecto de la revocación por incumplimiento de obligaciones fiscales, el SAT podrá verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de las donatarias autorizadas, establecidas en las disposiciones fiscales, tomando en cuenta la siguiente información (regla 3.10.1.17):


-Avisos al RFC
-Declaraciones informativas o de retenciones a las que se encuentran sujetos, en materia de ISR, IVA, o IEPS, según corresponda.
-Comprobantes fiscales (CFDI)
-Contabilidad electrónica
-Obligaciones derivadas de la autorización para recibir donativos del extranjero.
-Destino del patrimonio conforme el artículo 138 del Reglamento de la Ley del ISR.
-Correcto llenado de la Declaración Informativa en materia de transparencia.

**Y para la acreditación de actividades, es importante que las donatarias cuiden que sus convenios de apoyo económico a otras donatarias (regla 3.10.1.6), cumplan con todos los requisitos de validez:


-La beneficiaria cuente con autorización para recibir donativos deducibles al momento en que se le va a proporcionar el apoyo, de lo cual deberá asegurarse la organización civil otorgante del apoyo.
-Se manifieste expresamente que la beneficiaria se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
-Indique los requisitos que cumplió la beneficiaria para la obtención de los donativos a lso que se obliga la otorgante.
-Declare si los socios, asociados, patronos, representantes legales o cualquier integrante de la organización civil otorgante del apoyo forman parte o tiene algún tipo de relación con la beneficiaria y de no ser así, hagan la manifestación expresa.
-Señale el número de cuenta bancaria y periodicidad para la entrega de los donativos y para el caso de donativos en especie, indicar el tipo de bienes, así como el lugar y forma de entrega.
-Adjunte copia de la identificación oficial vigente de los representantes legales que suscriben el convenio.

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