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Organizado por Wingu, el festival reúne a cientos de personas apasionadas por la tecnología con impacto positivo.

En imagen una ilustración de la sombra de una ciudad y al fondo el texto: FITS
Festival de Innovación y Tecnología Social
Bogotá
Jueves 20 de febrero de 2025
Ágora Bogotá Centro de Convenciones
Organiza Wingu
Inscripciones en www.fits.ong
Presencial y virtual.
Libre y gratuito.

El próximo 20 de febrero, el Festival de Innovación y Tecnología Social (FITS) celebrará su décimo aniversario en el Ágora Bogotá, en Colombia. Organizado por Wingu, este evento se ha consolidado como un punto de encuentro clave para quienes están redefiniendo el impacto social a través de la tecnología.

Las personas interesadas podrán participar tanto de manera presencial como virtual. El registro es gratuito y está disponible en el siguiente enlace: www.fits.ong

La agenda del FITS incluye conversaciones inspiradoras y talleres prácticos, entre ellos:

  • Segmenta, Impacta y Conecta: IA para tu comunicación
  • CiudadanIA activa: reimaginando la gobernanza global
  • Entre utopías y distopías: ética de la IA en nuestra región
  • Transformando el hate: IA contra la violencia de género

En esta primera década, el FITS ha reunido a más de 30,000 participantes y 1,500 especialistas en 30 ediciones realizadas en 10 ciudades.

Conéctate con la comunidad del FITS y sé parte de la conversación sobre innovación y tecnología social.

📢 Más información en www.fits.ong o a través del correo fits@winguweb.org


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Lamentamos el fallecimiento de Gloria Inés Aldana de Hernández, madre de Sandra Margarita Hernández Aldana, directora de RedEAmérica.

Enviamos a ella, a su familia y amistades, nuestras condolencias por esta irreparable pérdida. Descanse en paz.

Enero de 2025


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El Mapa de las Organizaciones de la Sociedad Civil 2023 presenta una nueva actualización sobre el sector en Chile, mostrando una fotografía sobre su distribución territorial y características como ámbito de acción y su estado de actividad. Dentro de los datos presentados se destacan algunas conclusiones relevantes que motivan el análisis sobre la magnitud, contribución y desafíos que enfrentan las OSC en Chile.

Este informe revela que existen 403.159 OSC en el país, mostrando un crecimiento significativo desde 1990. Un 60% de estas organizaciones se concentran en áreas clave como el desarrollo comunitario, económico y cultural. Sin embargo, solo un 52,4% se encuentran activas, reflejando desafíos en la sostenibilidad y la necesidad de mayor fiscalización.

  • Chile : Centro de Políticas de la Pontificia Universidad Católica de Chile, 2024

Más información: zoila.delavega@cemefi.org


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Esta obra versa acerca de la evaluación y, en especial, de la valoración de la acción gubernamental. Intenta también ser un libro de consulta para quienes están interesados en estudiar el desempeño de las agencias gubernamentales, pero desde la óptica de las políticas públicas. Asume, como supuesto central, que la función evaluativa es multidimensional y que, en consonancia, exige y posibilita diversas formas de análisis y juicio.

En efecto, para emprender un proceso de evaluación deben considerarse varias posibilidades, escenarios y criterios, a fin de emitir conceptos sobre la efectividad, la eficiencia, el impacto y, en general, sobre el buen gobierno.

  • México: Universidad Anáhuac México, Facultad de Responsabilidad Social, 2024

Más información: zoila.delavega@cemefi.org


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La Caja de Herramientas es un conjunto de documentos para facilitar, motivar y detonar la innovación dentro de tu organización. Las herramientas seleccionadas buscan impulsar una cultura de trabajo centrada en las personas y sus capacidades. El Congreso Quiera 2024, un espacio de aprendizaje y cocreación dirigido a todos los colaboradores, directivos, consejos y patronatos de organizaciones de la sociedad civil (OSC), incluidas las 54 Instituciones Fortalecidas por Quiera (IFQs), así como a la academia, colectivos, empresas y sector público.

El Congreso tuvo lugar los días 19 y 20 de junio de 2024, bajo el título De lo teórico a lo práctico, expertos, directivos de empresas y fundaciones donantes compartieron cómo obtener propuestas de valor identificando riesgos, agilizando aprendizajes y obteniendo insumos para mejorar proyectos.

  • México : Fundación Quiera, 2024

Más información: zoila.delavega@cemefi.org


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Las empresas de servicios, con un rango de 11 a 50 empleados clasificadas como pequeñas, desempeñan roles cruciales en la economía del país. Dentro del Distintivo ESR® estas se desarrollan en industrias variadas, desde servicios de alojamiento y preparación de alimentos hasta algunas actividades legislativas y profesionales, en un total de 11 industrias. En este círculo, las empresas de este segmento son un grupo grande, aproximadamente 1 de cada 4 empresas PyMEs (micro, pequeña y mediana empresa).

Estas entidades, enfrentan desafíos específicos, destacan por su agilidad y proximidad a la comunidad. En este contexto, exploraremos los obstáculos que superan, las ventajas que poseen y su compromiso con la Responsabilidad Social Empresarial (RSE).

  • México: Centro Mexicano para la Filantropía,[2024]

Más información: zoila.delavega@cemefi.org


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Las organizaciones civiles y fideicomisos, donatarias autorizadas, cuyos fines sociales sean la investigación científica o tecnológica, acreditarán que cumplen con la obligación de destinar sus activos a los fines propios del objeto social autorizado, con el documento a que se refiere la regla 3.10.1.6. y además deberán cumplir con lo siguiente:

a) Realizar la publicación de sus investigaciones a través de su página de Internet o de cualquier medio de difusión.

b) Conservar la información y documentación soporte de cada uno de los proyectos de investigación realizados, integrando para tales efectos un expediente con la información que contenga como mínimo los siguientes datos:

1. Nombre y descripción del proyecto.

2.Tipo de investigación.

3.Duración de la investigación.

4. Lugar en donde se realizan sus actividades de investigación.

5. Identificación de los recursos utilizados en el desarrollo de la investigación.

6. La metodología utilizada.

7. El perfil profesional de los investigadores encargados de los proyectos de investigación.

8. El objetivo de los proyectos de investigación, el área de conocimiento y principal disciplina con la que se relaciona.

9. El beneficio social de los proyectos de investigación y los mecanismos de divulgación utilizados.

Para mayor información sobre la Constancia de Acreditación de Actividades, consulta aquí el comunicado especial sobre este tema en la página de Cemefi. Y también, para más información, consulta el origen de este comunicado, aquí.

La información aquí proporcionada se otorga a manera de orientación jurídica por lo que no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales.

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En el caso de las instituciones de asistencia o beneficencia privada, autorizadas por las leyes de la materia, la constancia que las acredita como tales, podrá fungir como documento que acredita la realización de sus actividades asistenciales, por lo tanto, para acreditar las demás actividades, deberá exhibir el documento que corresponda conforme a lo establecido en la presente regla.

El documento que las organizaciones que se encuentran el sector de las Instituciones de Asistencia o Beneficencia Privada (I.A.P. o I.B.P.) presenten ante la autoridad fiscal para acreditar la realización de otras actividades distintas a las asistenciales se considerará vigente por un plazo de tres años a partir de su fecha de emisión, salvo que en el mismo se establezca una vigencia menor, por lo que, estas organizaciones deberán mantener actualizado dicho documento para mantener vigente la autorización para recibir donativos deducibles.

Consulta aquí la regla que se menciona en este comunicado.

La información aquí proporcionada se otorga a manera de orientación jurídica por lo que no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales.

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Las donatarias autorizadas que tienen como objeto social la actividad de “Becantes”, deberán cumplir con lo siguiente en 2025:

Con base en el artículo 83 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), las organizaciones civiles y fideicomisos, donatarias autorizadas, además de exhibir ante la autoridad fiscal su reglamento de becas, deben acreditar los medios a través de los cuales hacen públicas las convocatorias para las becas que otorgan.

Estas organizaciones acreditarán que cumplen con la obligación de destinar sus activos a los fines propios del objeto social autorizado, con el documento a que se refiere la regla 3.10.1.6. y, además, deberán cumplir con lo siguiente:

a) Documentar la publicación de las convocatorias para el otorgamiento de becas, a través de su página de Internet o de cualquier medio de difusión.

b) Hacer públicos los resultados de la convocatoria.

c) Conservar la información y documentación soporte respecto de las becas otorgadas, que contenga como mínimo los siguientes datos:

1. Datos de identificación del beneficiario de la beca, los cuales deben corresponder con el documento oficial con el que se haya acreditado la identidad, tales como nombre completo, edad, sexo, nacionalidad, Clave Única del registro de Población (CURP), tipo y número de la identificación oficial y, en su caso, clave en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

2. Datos de contacto del beneficiario, tales como su correo electrónico y números telefónicos.

3. Domicilio particular y, en su caso, domicilio fiscal del beneficiario.

4. Fecha de inicio y fecha fin del otorgamiento de la beca.

 5. Nivel de estudios para el que se otorga la beca, así como los datos de la institución educativa con reconocimiento de validez oficial de estudios, indicando en su caso si se trata de una institución en el extranjero.

6. Monto y periodicidad de la beca otorgada.

7. Documento con el que se acreditó la capacidad académica del candidato.

8. Cuenta bancaria registrada para el otorgamiento de la beca.

Para mayor información sobre la Constancia de Acreditación de Actividades, consulta aquí el comunicado especial sobre este tema en la página de Cemefi. Y también, para más información, consulta el origen de este comunicado, aquí.

La información aquí proporcionada se otorga a manera de orientación jurídica por lo que no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales.

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Las organizaciones que realizan actividades de apoyo económico a donatarias autorizadas, conocidas como de “segundo piso” o “donantes” y cuya Constancia de Acreditación de Actividades consiste en la presentación ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de un Convenio de Apoyo Económico con una donataria autorizada vigente y obtener la autorización por esta actividad, deberán considerar lo siguiente para 2025:

Dichos convenios de apoyo económico a otras donatarias serán válidos siempre que:

1. La beneficiaria cuente con autorización para recibir donativos deducibles al momento en que se le va a proporcionar el apoyo, de lo cual deberá asegurarse la organización civil otorgante del apoyo.

Comentarios sobre este primer punto y a efecto de considerar lo establecido en este particular, es necesario para los donantes consultar el Anexo 14, verificar que la donataria seleccionada esté vigente y establecerlo en los Convenios de Apoyo Económico a celebrar con la donataria, cada vez que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Sin perder de vista las demás publicaciones (listados) que se publican a través del año, sobre todo, en lo que se refiere a: “…de lo cual deberá asegurarse la organización civil otorgante”.

2. Se manifieste expresamente que la beneficiaria se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Comentarios sobre este segundo punto, reiteramos la importancia para los donantes consultar cada vez que se publique el Anexo 14 que conjuntamente con la opinión de cumplimiento de la donataria beneficiada (la más reciente) al momento de celebrar el Convenio de Apoyo Económico lo cual dará más certeza a los donantes del cumplimiento de las obligaciones fiscales de las donatarias que apoyan, entre otros.

3. Indique los requisitos que cumplió la beneficiaria para la obtención de los donativos a los que se obliga la otorgante.

Comentarios sobre este tercer punto, el mismo nos advierte sobre la discrecionalidad en la aportación de donativos a las donatarias beneficiadas; por tanto, es necesario que los donantes realicen la selección a través de las convocatorias correspondientes donde especifiquen los criterios que conforme a la ley fiscal tienen que cumplir ambas partes, donante y donataria y establecer en los convenios “que de conformidad con la convocatoria de fecha”.

4. Declare si los socios, asociados, patronos, representantes legales o cualquier integrante de la organización civil otorgante del apoyo, forman parte o tienen algún tipo de relación con la beneficiaria y de no ser así, hagan la manifestación expresa.

Comentarios sobre este cuarto punto, a partir de este año se reitera, por un lado, le necesidad de no perder de vista la obligación que tiene las donatarias de informar al SAT, si entre las donatarias existen “Partes Relacionadas”. Por el otro, declarar si existe un beneficio que pudieran tener sus asociados, patronos, representantes legales o cualquier integrante de la donataria de “Segundo Piso” que formen parte de su estructura orgánica. Caso contrario deberá haber un documento que respalde que no hay beneficios para los integrantes de dicha estructura orgánica y citarlo en los convenios.

5. Señale el número de cuenta bancaria y periodicidad para la entrega de los donativos y, para el caso de donativos en especie, indicar el tipo de bienes, así como el lugar y forma de entrega.

Comentarios sobre este quinto punto, el mismo nos previene que en los Convenios de Apoyo Económico que se celebren con las donatarias seleccionadas, se establezcan los datos de la cuenta bancaria que deberán estar a nombre de la organización beneficiada, para el caso de los donativos en efectivo; así como establecer la periodicidad considerada por el donante, para aportar más donativos a dichas organización con arreglo a las convocatorias publicadas para tal caso.

6. Adjunte copia de la identificación oficial vigente de los representantes legales que suscriben el convenio.

Comentarios sobre este sexto punto, recomendar que se añada al Convenio de Apoyo Económico como un Anexo, las identificaciones de las personas que fungen como los representantes legales o apoderados legales con las facultades para obligar a sus representadas.

Vigencia de los Convenios de Apoyo Económico

La vigencia de dichos convenios, será la que se señale expresamente en los mismos, sin embargo, en el último caso no podrán ser de vigencia indefinida.

Estos lineamientos, también son aplicables para las actividades de obras y servicios y de apoyo a proyectos de productores agrícolas y de artesanos.

El documento que las organizaciones civiles y fideicomisos hubieran exhibido ante la autoridad fiscal para acreditar la realización de sus actividades se considerará vigente por un plazo de tres años a partir de su fecha de emisión, salvo que en el mismo se establezca una vigencia menor, por lo que, las organizaciones civiles o fideicomisos deberán mantener actualizado dicho documento ante la autoridad fiscal competente para efectos de mantener vigente la autorización para recibir donativos deducibles.

Para mayor información sobre la Constancia de Acreditación de Actividades, consulta aquí el comunicado especial sobre este tema en la página de Cemefi. Y también, para más información, consulta el origen de este comunicado, aquí.

La información aquí proporcionada se otorga a manera de orientación jurídica por lo que no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales.

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