Donataria, conoce qué es un beneficiario controlador y sus alcances

Las organizaciones deberán identificar a sus beneficiarios controladores para fines contables y tener esta información actualizada para cuando la autoridad fiscal lo solicite.

Abril 12, 2022.

Las donatarias autorizadas, como personas morales, deben presentar ante el SAT, la información de sus Beneficiarios Controladores. Es decir, deben identificar quién o quiénes son las personas físicas dentro de su estructura orgánica que se podrían ver beneficiadas de los ingresos, bienes o servicios de las donatarias autorizadas; mediante sí mismas o de terceras personas o a través de otros actos jurídicos; así como los medios que utilizan para controlar a la donataria para imponer, directa o indirectamente, decisiones en las asambleas generales de accionistas, socios u órganos equivalentes, o nombrar o destituir a la mayoría de los consejeros, administradores o sus equivalentes.

Las donatarias están obligadas a obtener y conservar (como parte de su contabilidad) y a proporcionar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) la información fidedigna, completa y actualizada de sus beneficiarios controladores; lo anterior conforme al Artículo 32-B Ter. Del Código Fiscal de la Federación.

Para el cumplimiento de esta obligación se podrá determinar, él o los Beneficiarios Controladores bajo dos supuestos: de forma directa o indirecta.

Te invitamos a leer el origen de este término en el siguiente enlace.

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