Es obligatorio, hayan o no recibido apoyos o estímulos públicos durante 2022

Enero 24, 2023.

Todas las Organizaciones de la Sociedad Civil que estuvieron inscritas en el Registro Federal de las OSC hasta el 31 de diciembre de 2022, deberán presentar su Informe Anual de Actividades a más tardar el 31 de enero del año en curso, hayan o no recibido apoyos o estímulos públicos del gobierno, hayan tenido o no actividades, e independientemente de su estatus (Activas, Activas Condicionadas o Inactivas).

El informe anual está integrado de 4 secciones:

Sección 1, si la organización no recibió apoyo público durante el año que informa, indica los motivos por los cuales no logró obtenerlos.

La sección 1A y 1A.1, deberán ser llenadas por la organización en relación con los apoyos o estímulos que haya recibido del gobierno federal, estatal o municipal, tantas veces como apoyos o estímulos se hayan recibido durante el año que informa.

La sección 2 que corresponde a la trayectoria histórica, impacto social, incidencia y vínculos de la organización; estará precargada (siempre y cuando haya presentado los informes previos) y sólo deberá actualizarse con lo del año que informa.

La sección 3 (situación actual) hace referencia a la situación administrativa, financiera y contable de la organización durante el año que se informa.

Por último, la sección 4 (ODS) corresponde a la alineación de las actividades de la organización, con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en el marco de la agenda 2030.

Consulta la siguiente presentación denominada: “Informe Anual de Actividades de las OSC 2022 y su importancia” publicada el 10 de enero de 2023 por la Secretaría de Bienestar, aquí. Para mayor información consulta este vínculo,

http://www.sii.gob.mx/corresponsabilidad/

Reporte de donativos.

Deberán dar aviso a la UIF y a la SHCP

Enero 23, 2023.

Para la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), la recepción de donativos es considerada para este ordenamiento como una “Actividad vulnerable” cuando los montos recibidos rebasan los umbrales establecidos.

A partir del mes de febrero de 2023, el monto de los donativos que las donatarias autorizadas deben informar a la Unidad de Inteligencia Financiera, la UIF, son los siguientes:
Primer Umbral y la obligación de hacer un expediente de identificación. Se debe considerar la elaboración del expediente con los datos generales del donante, cuando éste, en una sola exhibición, haya otorgado a la donataria un donativo igual o superior a $166,502.70.
Una vez que se reciba el donativo del donante, la donataria deberá monitorear durante 6 meses el expediente de identificación elaborado, en atención a la posibilidad de que el donante otorgare en lo sucesivo más donativos -con los cuales se alcanzare el segundo umbral- y tuviera que presentar un Aviso a la Unidad de Inteligencia Financiera, la UIF.

Segundo Umbral y la obligación de emitir Avisos a las autoridades fiscales. Se debe presentar el Aviso a la Unidad de Inteligencia Financiera, la UIF –previa elaboración del expediente del donante-, cuando éste, en una sola exhibición, haya otorgado un donativo igual o superior a: $333,005.40.

En este caso, la donataria también está obligada a informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, conforme a la ficha guía 1/ISR denominada “Declaración informativa por contraprestaciones o donativos recibidos superiores a $100,000.00″. En la ficha se deben reportar aquellas donaciones en dinero o en especie, por una cantidad igual o superior a 3,210 UMAS, equivalentes a la cantidad de $333,005.40.


La obligación de emitir el Aviso tanto a la UIF como a la SHCP debe cumplirse a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquel en el que se haya llevado a cabo la operación objeto de Aviso.

Fuente para el cálculo de Umbrales: INEGI- UMA para 2023 es de: $103.74

Fundamento legal, LFPIORPI. Artículo, 17, fracción XIII. Para la SHCP: Artículos: 76, fracción XV, 82, fracción VII, 110, fracción VII, 118, fracción V, 128 de la LISR.

Para informar a la SHCP, consulta la ficha guía 1/ISR “Declaración informativa por contraprestaciones o donativos recibidos superiores a $100,000.00″; puedes descargarla aquí.

Obligación en materia laboral que deben cumplir las donatarias autorizadas para hacer la determinación anual de la prima para la cobertura del seguro de riesgos de trabajo

Enero 20, 2023

Conforme a lo señalado en el artículo 72 de la Ley del Seguro Social, una de las obligaciones que tienen todos los patrones  (incluyendo las donatarias autorizadas) ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es revisar su siniestralidad con el propósito de determinar la prima para la cobertura del seguro de riesgos de trabajo.

La determinación de la prima de riesgos de trabajo se puede realizar por medio del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), o en línea, a través del portal del IMSS.

La omisión o el cumplimiento extemporáneo de esta obligación es causa de multa equivalente al importe de 20 a 210 veces la UMA, $ 2,074.80; y $ 21,785.40, conforme a los artículos 304-A, fracción XV y 304-B, fracción III, de la Ley del Seguro Social.

Descarga el documento guía sobre esta obligación, aquí.

Para mayor información consulta la página del IMSS: 

http://imss.gob.mx/patrones/determinacionprima#

Obligaciones legales y fiscales para las donatarias en 2023.

Enero 16, 2023.

Hay un cambio en la Regla 3.10.20. de la Resolución Miscelánea Fiscal aplicable para 2023

Para este ejercicio 2023, la Regla 3.10.20. (antes 3.10.21.) denominada Cuotas de Recuperación presenta un cambio por parte del Servicio de Administración Tributaria ( SAT) sobre los ingresos que las donatarias obtienen por la enajenación de bienes o la prestación de servicios que éstas ofrecen y que están vinculados directamente -relacionados- con el objeto social o fines por los que hayan sido autorizadas.  

Dicho objeto social, para efectos fiscales, se puede identificar de manera puntual en el oficio que el SAT envía al representante o representantes legales de la donataria cuando se les notifica que su organización ha sido autorizada para recibir donativos deducibles de impuestos, por un año. 

Para comprender mejor el “cambio” se analiza el “antes” y el “ahora” del contenido de esta Regla que establece lo que se debe entender como Cuotas de Recuperación: 

ANTES AHORA 
Regla: 3.10.21. Cuotas de Recuperación Regla 3.10.20. Cuotas de Recuperación 
 Ejercicio 2022 Para los efectos del artículo 80, penúltimo párrafo de la Ley del ISR, se considerarán cuotas de recuperación, los montos cobrados por las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en términos del artículo 82 de la Ley del ISR por la entrega de bienes o la prestación de servicios, directamente relacionados con el objeto social o fines por los que fue autorizada, mismo que se incluye en la constancia de autorización, siempre que dichos montos, sean menores o iguales a los costos en que incurra la donataria para la generación de los mismos. Las donatarias autorizadas podrán establecer cuotas de recuperación diferenciadas de acuerdo con los estudios socioeconómicos que realicen a sus beneficiarios.   LISR 80, 82  Ejercicio 2023 Para los efectos del artículo 80, penúltimo párrafo de la Ley del ISR, se considerarán cuotas de recuperación los montos cobrados por las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en términos del artículo 82 de la Ley del ISR, por la enajenación de bienes o la prestación de servicios directamente relacionados con el objeto social o fines por los que fue autorizada, mismo que se incluye en la constancia de autorización, siempre que dichos montos sean menores o iguales a los costos en que incurra la donataria para la generación de los mismos.  No se considerarán cuotas de recuperación en términos de la presente regla, los montos que cobren por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a las personas o grupos distintos a los señalados en su objeto social autorizado.  LISR 79, 80, RCFF 33, RLISR 108, 124 

Al parecer, a partir de este año, los ingresos por Cuotas de Recuperación que las donatarias obtengan por la enajenación de bienes o por la prestación de servicios que éstas ofrecen, sólo podrán considerarse coomo tales cuando dichas cuotas se obtengan de la población que éstas atienden (beneficiarios) de acuerdo con las actividades propias del objeto social que estas organizaciones tienen autorizado y de acuerdo con el texto final de la Regla 3.10.20. de la Resoluciuón Miscelánea Fiscal aplicable para 2023; cuyo extracto se transcribe a continuación:

“No se considerarán cuotas de recuperación en términos de la presente regla, los montos que cobren por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a las personas o grupos distintos a los señalados en su objeto social autorizado.” 

En caso contrario, dichos ingresos se podrían considerar ingresos no relacionados con el objeto social, los cuales están limitados al 10%. De igual manera, si estos ingresos no relacionados superan el 50%, la donataria corre el riesgo de perder la autorización para recibir donativos deducibles de manera definitiva y ser revocada por el SAT. 

La autoridad fiscal ha dado plazo hasta el 31 de marzo

Enero 10, 2023

Donataria Autorizada, para efectos de expedir el CFDI de nómina con los requisitos que exigen las disposiciones fiscales vigentes, es necesario solicitar a los trabajadores su Constancia de Situación Fiscal. Para cumplir con esta obligación la autoridad fiscal ha concedido una prórroga para reunir todas las constancias, dando plazo hasta el 31 de marzo de 2023.

La propia autoridad fiscal otorga una facilidad a los contribuyentes que tienen a su cargo trabajadores bajo el régimen de sueldos y salarios. En caso de verse en apuros, por una ocasión, los emisores de los CFDI podrán obtener los datos de sus trabajadores mediante lo establecido en ficha guía 320/CFF Solicitud de datos en el RFC de asalariados, contenida en el Anexo 1-A de acuerdo a la Regla 2.7.1.48. 

Consulta lo que establece la Regla 2.7.1.48. Resolución Miscelánea Fiscal-2023, en este enlace. 

Te compartimos la ficha guía 320/CFF “Solicitud de datos en el RFC de asalariados”, puedes consultarlos en este enlace.

Recuerda que la constancia tiene una vigencia ante el SAT de 3 años

Enero 11, 2023

Una de las obligaciones que tienen las donatarias para mantener su autorización para recibir donativos deducibles de impuestos y evitar su revocación, es conservar la vigencia de la Constancia de Acreditación de Actividades, que para el SAT tiene una vigencia de 3 años.

Este documento lo expiden las diferentes dependencias y organismos de gobierno para respaldar los objetos sociales (actividades) que los representantes de las donatarias solicitan al SAT.

El incumplimiento de esta obligación administrativa fue uno de los factores que provocaron la revocación de la autorización durante 2022.

Revisa cuáles son las dependencias de gobierno facultadas para expedir dichas constancias. Para tal efecto, el SAT publica la ficha 15/ISR denominada “Solicitud de la autorización para recibir donativos deducibles”. Consulta la tabla 15.1, aquí

Indispensable generar esquemas de cumplimiento

Enero 9, 2023.

Independientemente del régimen que gozan las donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles de impuestos, éstas no están exentas de cumplir con otras obligaciones propias de las personas morales con carácter general; en este caso, las donatarias deberán atender sus obligaciones laborales.

Por decreto, a partir de 2023, entran en vigor las reformas a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, que en materia de vacaciones, quedan como sigue:

Artículo 76.- Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios.

A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

Artículo 78.- Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.

En este sentido, las donatarias deben atender que los trabajadores a su cargo que tengan más de un año de servicios dentro de la organización gozarán de 12 días mínimo que los trabajadores deberán disfrutar de manera continua. Entendiéndose que del total del periodo (días) que les corresponda 12 serán continuos, debiéndose tomar en cuenta lo previsto por el último párrafo del referido artículo 78. 

En este marco, es indispensable que las donatarias elaboren esquemas del cumplimiento que les permitan comprobar que sus trabajadores han tomado sus vacaciones: constancia de antigüedad y escrito con la firma del trabajador señalando que ya agotó su periodo vacacional.  Asimismo, se deberá actualizar la Prima Vacacional (ahora es del 25%) que corresponde, así como el cálculo del salario base de cotización.

Consulta el Dictamen del Senado en la siguiente liga.

Consulta el Decreto en el siguiente enlace.

La factura electrónica (ingreso o traslado), con el complemento de carta porte

Enero 10, 2023

La factura electrónica con el complemento de carta porte, es un documento que el  dueño de los bienes y/o mercancías emite cuando este hace el traslado con sus propios vehículos, al que se le debe incorporar la información del complemento Carta Porte para acreditar el transporte en territorio nacional. Este complemento se entiende como un conjunto de datos o información de los bienes y/o mercancías, ubicaciones (origen y destino), así como del vehículo o de los diferentes medios de transporte, que se incorporan a una factura electrónica de tipo traslado o ingreso con complemento Carta Porte. }

Tipos de Facturas:

Factura electrónica de tipo ingreso: Es una factura electrónica cuyo objetivo es manifestar la obtención del ingreso que se percibe por la prestación de servicios de transporte y a la que se puede incorporar la información del complemento Carta Porte. En su caso, se debe desglosar el traslado de impuestos. 

Factura electrónica de tipo traslado: Es una factura electrónica que emite el dueño de los bienes y/o mercancías cuando éste hace el traslado con sus propios vehículos, a la que se le debe incorporar la información del complemento Carta Porte para acreditar el transporte en territorio nacional. 

En el caso de las donatarias, al no haber un objeto social que autorice este tipo de actividades “empresas o personas que brindan servicios de transporte de bienes y/o mercancías”, únicamente expedirían una Factura electrónica de tipo traslado para transportar sus activos y justificar su legal tenencia.


Sin embargo, al existir donatarias que derivado de su objeto social se ven en la necesidad de transportar los bienes propios de su objeto social a sus beneficiarios o a otras organizaciones en sus vehículos, camionetas o camiones y, por este acto, cobrar por el servicio de transporte; en este caso, la donataria deberá expedir una factura electrónica de tipo ingreso, sin IVA, que para el Sector de estas organizaciones dicho ingreso sería considerado como una cuota de recuperación relacionada con el objeto social de la organización. Por ejemplo, los Bancos de Alimentos, escuelas; con la salvedad siguiente:

“Si transportas bienes y/o mercancías en alguna zona local, usando vehículos de carga ligera con características menores a las de un camión tipo “C2”, conforme a lo establecido en la NOM-012-SCT-2-2017, no estás obligado a emitir una factura electrónica de tipo ingreso o traslado con complemento Carta Porte, siempre que en los trayectos no se transite por algún tramo de carretera federal mayor a 30 kilómetros.”  Consulta la Norma en el siguiente enlace.

Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8., 2.7.7.1., 2.7.7.2., 2.7.7.3., 2.7.7.4., 2.7.7.5., 2.7.7.6., 2.7.7.7., 2.7.7.8., 2.7.7.10., 2.7.7.11. y 2.7.7.12. de la RMF para 2022.

Es importante mencionar que el SAT ha establecido una prórroga de cumplir con la totalidad de los requisitos que debe contener dichos CFDI hasta el 31 de marzo de 2023. 

Consulta el Instructivo de llenado de estos documentos, en este enlace.

Conoce las preguntas frecuentes sobre este tema, aquí.

8 de noviembre de 2022

Aviso a las donatarias autorizadas

El 1° de noviembre de 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página de Internet, el minisitio denominado Donatarias Autorizadas, cuyo contenido está dirigido particularmente al sector filantrópico. En este espacio, los representantes de estas organizaciones, docentes, ciudadanos e investigadores de la sociedad civil organizada, podrán obtener información de primera mano, sobre los diversos temas que involucran el trabajo de estas organizaciones.  

En esta página, se podrán identificar seis (6) rubros (pestañas) con la información siguiente: 

1) Inicio de página: aquí obra el título del sitio. 

2) Trámites: a) donde podrán encontrar, los que exige el SAT para postular al régimen de las donatarias autorizadas; b) menciona a las dependencias de gobierno autorizadas para expedir las Constancias de Acreditación de Actividades; y c) las facultades de comprobación por parte del SAT a las OSC donatarias a quienes la autoridad fiscal les haya iniciado facultades de comprobación por medio de una revisión de gabinete. 

3) Obligaciones: en este rubro se puede identificar los tipos de las declaraciones que una donataria, que según el caso,  debe presentar como: a) la declaración anual de Ingresos y Egresos; b) la declaración de transparencia de ejercicios posteriores a 2020 (el uso y destino de los donativos, entre otros), sirve para presentar la declaración informativa de transparencia del ejercicio 2020 y posteriores; c) la declaración de donativos superiores a 100 mil pesos; d) la declaración de retenciones; e) la declaración de transparencia de ejercicios anteriores a 2020, sirve para dar cumplimiento al informe de transparencia de ejercicios anteriores a 2020, si fuiste donataria autorizada en dichos ejercicios, todas con sus vínculos (ligas) correspondientes. 

4) Padrón de donatarias: donde se pueden identificar los siguientes temas: a) el directorio (listado de las donatarias); b) el nombre de las OSC donatarias pendientes de publicar en el Anexo 14; c) las estadísticas que prevalecen en este Sector, como la autorizaciones por: ejercicio, rubro, entidad federativa, donatarias revocadas por ejercicio, donatarias que perdieron vigencia por ejercicio y tiempo de atención; d) datos abiertos publicados por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el SAT, permite conocer la información acerca de los donativos, ingresos, erogaciones y percepciones que reciben cada una de las donatarias autorizadas. 

5) Material adicional: a) rubro donde se podrá consultar las diferentes Guías para el mejor cumplimiento de las obligaciones fiscales que deben presentar estas organizaciones; b) tiene un “contenido relacionado”, que presenta diversa información como: calendario de obligaciones, minisitio de factura, ventajas de ser donataria autorizada,  ventajas para los donantes, vigencia y efectos de la autorización, medios de defensa que se presentan ante la autoridad fiscal, listado de acreditamientos y  tutoriales y video chats, declaración informativa de transparencia de donatarias autorizadas, entre éstos, el Tutorial: generación de facturas en el servicio gratuito del SAT y el Video Chat: donatarias autorizadas y, finalmente, un listado de los cuestionamientos más frecuentes sobre: preguntas de transparencia, preguntas Covid, CFDI, preguntas requerimientos y prórrogas y preguntas sobre copias certificadas. 

6) Buscar: aquí se podrá realizar alguna inquietud que posiblemente, no encontraron en el recorrido de este sitio. 

Es, sin duda, una excelente herramienta de consulta, elaborada por las autoridades fiscales (SHCP-SAT) que permite al Sector de las personas morales, autorizadas para recibir donativos deducibles de impuestos, mejor conocidas como Donatarias Autorizadas, visibilizar su labor benéfica en la construcción del bien público; así como la ponderación del compromiso social entre el gobierno federal y este importante Sector de la sociedad civil organizada. 

Este sitio lo puedes consultar, aquí: 

 http://omawww.sat.gob.mx/donatariasautorizadas/Paginas/index.html

Conoce a las organizaciones de la sociedad civil en México que obtuvieron la AIT 2022, por su compromiso con la institucionalidad y la transparencia.

Felicidades a las 239 organizaciones de la sociedad civil (OSC) que reciben su acreditación o la renuevan este año.

La Acreditación en Institucionalidad y Transparencia (AIT) es un proceso de evaluación para organizaciones de la sociedad civil (OSC) que tiene la finalidad de incrementar la confianza en su trabajo y visibilizar sus aportes al bien común, así como potenciar sus áreas internas (fortalecimiento institucional) y darles acceso a nuevas oportunidades de colaboración, tanto en alianzas como en recursos.

La AIT es una herramienta que, a través de diez indicadores y referencias comprobatorias objetivas, no controversiales y de fácil verificación, permite evaluar el nivel de formalidad de una OSC y los instrumentos institucionales con los que cuenta para garantizar la transparencia de sus actividades. Estas son las OSC acreditadas en 2022:

Aguascalientes

  • Fundación Miguel Ángel Barberena Vega, A.C. Centro Ecológico Los Cuartos

Baja California

  • Asociación para los Niños de Tijuana, A.C. (Ciudad de los Niños Tijuana)
  • Banco de Alimentos de Tijuana, A.C.
  • Cadenas de Ayuda para México, A.C.
  • Casa Hogar del Anciano de Ensenada, A.C.
  • Fronteras Unidas Pro Salud, A.C.
  • Fundación Castro Limón, A.C.
  • Fundación Internacional de la Comunidad, A.C.
  • Fundación para los Niños de las Californias/Hospital Infantil de las Californias, I.B.P.
  • Fundación Rebe Lan, A.C.
  • Fundación Tú Más Yo, A.C.
  • Fundación UABC, A.C. (Fundación Universidad Autónoma de Baja California)
  • Hogares Calasanz de Tijuana, A.C. (HOCATI)
  • Patronato Pro Hospital Civil de Tijuana, A.C.
  • Promotora de las Bellas Artes, A.C.
  • Proyecto Fronterizo de Educación Ambiental, A.C.
  • Terra Peninsular, A.C.

Baja California Sur

  • Fonnor, A.C. (Fondo Noreste)
  • The Palapa Society of Todos Santos, A.C.

Chiapas

  • Cáritas de San Cristóbal de las Casas, A.C.
  • Fondo de Conservación El Triunfo, A.C.

Chihuahua

  • Calidad Educativa Compromiso de Todos, A.C.
  • Casas de Cuidado Diario Infantiles A.C.
  • Centro de Acopio para la Tarahumara, A.C.
  • Centro para el Fortalecimiento de Organizaciones Civiles, A.C. (CFOSC)
  • Educación y Formación Integral Edyfica, A.C.
  • Fundación Chihuahua, A.C.
  • Fundación Cima Chihuahua, A.C.
  • Institución Providencial de México, A.C. (Clínica San Carlos Norogachi)

Ciudad de México

  • Afectividad y Sexualidad, A.C. (Guardianes)
  • Alianza Médica para la Salud, A.C.
  • Alzheimer México, I.A.P.
  • APAC, I.A.P. Asociación Pro Personas con Parálisis Cerebral
  • Asociación Mexicana de Fibrosis Quística, A.C.
  • Asociación Mexicana de Malta, A.C.
  • Asociación Mexicana de Promoción y Cultura Social, A.C. IMDOSOC
  • Asociación Mexicana para las Naciones Unidas de Jóvenes AMNU Jóvenes, A.C. (Educación para Compartir)
  • Ayuda y Solidaridad con las Niñas de la Calle, I.A.P.
  • Bécalos (Fideicomiso F/2001089)
  • Bringing The World Together, A.C. (Viva la Gente)
  • Cáritas Mexicana, I.A.P.
  • Casa de la Amistad para Niños con Cáncer, I.A.P.
  • Casa Gaviota un Vuelo sin Violencia, A.C.
  • Centro Comunitario Santa Fe, A.C.
  • Centro de Adiestramiento Personal y Social, A.C.
  • Centro Juvenil Promoción Integral, A.C.
  • Centro Mexicano Pro Bono, A.C.
  • Christel House de México, A.C.
  • Club de Niños y Niñas del Distrito Federal y Estado de México, A.C.
  • Co Creando la Innovación y Sustentabilidad Social, A.C.
  • Concieo, A.C.
  • Construyendo y Creciendo, A.C.
  • Creando Oportunidades en el Presente, A.C.
  • De Cero a Tres Fundación, A.C.
  • Doctor Payaso, A.C.
  • Espacios Naturales y Desarrollo Sustentable, A.C.
  • Fomento de Investigación y Cultura Superior, A.C.
  • Fondo Mexicano para la Conservación de la Naturaleza, A.C.
  • Fondo para la Paz, I.A.P.
  • Formación Social y Académica, A.C. (Forsa)
  • Fundación ADO, A.C.
  • Fundación Alma, I.A.P.
  • Fundación Becar, I.A.P.
  • Fundación Carlos Hank, A.C.
  • Fundación Casa Alianza México, I.A.P.
  • Fundación Clínica Médica Sur, A.C.
  • Fundación COI, A.C.
  • Fundación Comparte Vida, A.C.
  • Fundación de Beneficencia San Rafael, I.A.P.
  • Fundación del Empresariado en México, A.C.  (Fundemex)
  • Fundación Educa México, A.C.
  • Fundación en Movimiento, A.C.
  • Fundación Hogar Dulce Hogar, I.A.P.
  • Fundación IMSS, A.C.
  • Fundación Infantil Ronald McDonald, A.C.
  • Fundación Jesús García Figueroa, I.A.P.
  • Fundación León XIII, I.A.P.
  • Fundación Liceo Sofía Labastida, I.A.P.
  • Fundación María Ana Mier de Escandón, I.A.P.
  • Fundación Medita México, A.C.
  • Fundación Mexicana de Reintegración Social, Reintegra, A.C.
  • Fundación Mexicana para la Salud, A.C.
  • Fundación Mier y Pesado, I.A.P.
  • Fundación Mitz, A.C.
  • Fundación Rebecca de Alba, A.C.
  • Fundación Ver Bien para Aprender Mejor, A.C.
  • FundaciónCyK México Escucha, A.C.
  • Hábitat para la Humanidad México, A.C.
  • Hogar para Ancianos Matías Romero, I.A.P.
  • Hogares Providencia, I.A.P.
  • Instituto Internacional de Recursos Renovables, A.C.
  • Instituto Mexicano de Investigación de Familia y Población, A.C. IMIFAP (Yo Quiero Yo Puedo)
  • Instituto para la Rehabilitación de la Mujer y la Familia, A.C. (Instituto Irma)
  • Instituto para las Mujeres en la Migración, A.C. (Imumi)
  • Instituto Pedagógico para Problemas de Lenguaje, I.A.P.  (IPPLIAP)
  • Instituto Sepya, A.C. (Santa Fe Colegio)
  • Kalnemi Casa de la Vida, A.C.
  • La Casita de San Ángel, I.A.P.
  • Mexicanos Primero, Visión 2030, A.C.
  • Niños de Santa Fe, A.C.
  • Nutre a un Niño, A.C.
  • Patronato Pro Zona Mazahua, A.C.
  • QUIERA, Fundación de la Asociación de Bancos de México, A.C.
  • Reforestamos México, A.C.
  • Restauración, Salud y Prosperidad, A.C. (Por un Hogar)
  • Save the Children México, A.C. (Fundación Mexicana de Apoyo Infantil)
  • Trasplante y Vida, I.A.P.
  • Visión Mundial de México, A.C. (World Vision México)
  • Voluntarias Vicentinas de la Santa Cruz del Pedregal, I.A.P.
  • Vuela sin Límites, A.C. (Fundación Vuela)

Coahuila

  • Casa del Anciano Doctor Samuel Silva, A.C.
  • Fomento de Oportunidades Educativas, A.C.
  • Fundación Down de la Laguna, A.C. 
  • Instituto de Desarrollo Integral de la Laguna, A.C.
  • Mujeres Salvando Mujeres, A.C.
  • Patronato de la Casa de los Niños de Saltillo, A.C.
  • Pro Infancia Neurogénica, A.C. (Apin)
  • Programa de Ayuda para un Mejor Control de la Diabetes y una vida Plena, A.C. (PAMDY)
  • Proyecto Pi Pao Angelito de los Niños, A.C.

Colima

  • Caminemos Juntos con Amor, Luz y Esperanza A.C.
  • Cáritas Colima, I.A.P.

Estado de México

  • Ecopil Arte Crea Conciencia, A.C.
  • Fundación Autismax, I.A.P.
  • Fundación Casa de Santa Hipólita, A.C
  • Fundación de Protección y Asistencia para Ancianas Desvalidas, I.A.P.
  • Fundación Smurfit Kappa México A.C.
  • Fundación Xochitla, A.C.
  • Hogar Marillac, A.C.
  • Vida y Familia México, I.A.P.
  • Vida y Familia, A.C. (VIFAC)

Guanajuato

  • Centro de Desarrollo Indígena Loyola, A.C.
  • Centro de Estudios, Biblioteca y Museo Vicente Fox Quesada, A.C.
  • Centro de Investigación y Promoción Educativa y Cultural, A.C. (CIPEC)
  • Conservatorio de Música y Artes de Celaya, A.C.
  • Feed the Hungry, A.C.
  • Fundación Proempleo León, A.C.
  • Imagina Biblioteca Infantil, A.C.
  • Proyecto Cara Feliz, A.C.
  • Tierra En El Alma, A.C.
  • Vivir Mejor Irapuato, A.C.

Hidalgo

  • Banco de Alimentos del Centro del Estado de Hidalgo, A.C.

Jalisco

  • Asociación de Distrofia Muscular de Occidente, A.C
  • Asociación Femenina Pro México, A.C.
  • Banco de Alimentos de Zapotlanejo, A.C.
  • Banco Diocesano de Alimentos Guadalajara, A.C.
  • Bred Diocesano de Guadalajara, A.C.
  • Campeones de la Vida NR, A.C. (Nariz Roja)
  • Cáritas de Guadalajara, A.C.
  • Casa Hogar Ma. Teresa, A.C.
  • Centro Integral de Rehabilitación Infantil, A.C. (CIRIAC)
  • Centros de Formación, A.C. (Centro Educativo Jaltepec)
  • Children International Jalisco, A.C.
  • Concertando México, A.C.
  • Dignidad y Justicia en el Camino, A.C.
  • En la Comunidad Encuentro de Occidente, A.C.
  • Extra Fondo de Apoyo a Trabajadores de los Medios de Comunicación, A.C.
  • Fundación Cardenal Garibi Rivera, Fundación
  • Fundación de Apoyo para la Educación Especial, A.C.
  • Fundación Jorge Vergara, A.C.
  • Fundación MTQ, A.C.
  • Fundación Santa María del Tepeyac, A.C. Casa Hogar Naandi
  • FYAPDI, A.C.
  • Imagina en Movimiento, Asociación Civil, Institución de Asistencia Social Privada
  • Maternando, A.C.
  • Mi Gran Esperanza, A.C.
  • Operation Smile México, A.C.
  • Palmares Escuela Técnica, A.C.
  • Prosociedad Hacer Bien El Bien, A.C.
  • Salvando Latidos, A.C.
  • Sueños y Esperanzas, A.C.

Michoacán

  • Dakshina, A.C.

Morelos

  • Banco de Alimentos de Cuernavaca, A.C. 
  • Institución de Beneficencia Privada Escuela Hogar Nuestros Pequeños Hermanos, A.C.

Nuevo León

  • Alianza FC México, A.C.
  • Asociación Alzheimer de Monterrey, A.C.
  • Asociación Regiomontana de Niños Autistas, A.B.P.
  • Consejo Cívico de Instituciones de Nuevo León, A.C.
  • Cruz Rosa, A.B.P.
  • Effeta, A.B.P.
  • Formando Emprendedores, A.B.P.
  • Fundación Tarahumara José A. Llaguno, A.B.P.
  • Ingenium A.B.P.
  • Organización Vida Silvestre, A.C.
  • SELIDER, A.B.P.
  • Villas Asistenciales Santa María, A.B.P.

Oaxaca

  • Desarrollo Integral de la Juventud Oaxaqueña, A.C.  (CRECEMOS)
  • Fundación Ávila Cruz, A.C.
  • Instituto de Integración y Asesoría Comunitaria IIAC, A.C.

Puebla

  • APAPPO de Puebla, A.C.
  • Asociación de Ciudadanos Poblanos Unidos por la Justicia y la Atención a Víctimas del Delito, A.C
  • Cruz Roja Mexicana, I.A.P. Delegación Puebla
  • Fundación Comunitaria Puebla, I.B.P.
  • Fundación de Beneficencia Privada Los Sesenta de Puebla, Ancianos que Producen, I.B.P.
  • Fundación de Beneficencia Privada Villas Juan Diego
  • Fundación Maritere, I.B.P. (Unidad para el Paciente Reumático UPAR)
  • Fundación Tamariz Oropeza
  • Grupo de Trabajo para el Desarrollo de la Niñez, A.C. (Grupo Pro-Niñez)
  • Grupo Voluntario Mexicano Alemán, A.C.  (Casa del Sol)
  • Integración y Capacitación para el Desarrollo Profesional y Social, A.C.
  • Junta Particular de Caridad de Teziutlán, I.B.P.
  • Vida y Familia Puebla, A.C.

Querétaro

  • Banco de Tapitas, A.C.
  • Cáritas de Querétaro, I.A.P.
  • Casa Infantil Ammi, I.A.P.
  • Fundación Soffy Una Mano Amiga, A.C.
  • Hogar Juvenil del Santísimo Redentor, I.A.P.
  • Instituto de Educación Integral, I.A.P. (Instituto Juan Pablo II)
  • La Cima, I.A.P.
  • Mariana Sala, I.A.P.
  • Puerta Abierta, I.A.P.

Quintana Roo

  • Fundación Comunitaria Cozumel, I.A.P.
  • Fundación Lomas, I.A.P.

San Luis Potosí

  • Asociación Filantrópica Cummins, A.C. (AFIC)
  • Asociación Mexicana de Ayuda a Niños con Cáncer de San Luis Potosí, A.C. (Amanc)
  • Asociación Potosina en Pro del Deficiente Mental, A.C. (APPDEMAC)
  • Centro de Estudios de Promoción Social Cáritas, A.C.
  • Club de Niños y Niñas de México, A.C.
  • Fundación Juan Pablo, Alegrías para los Enfermos, A.C.

Sinaloa

  • Asociación Ale, I.A.P.
  • Autismo Mochis, I.A.P.
  • Banco de Alimentos Mazatlán, I.A.P.
  • Comunidad de Sinaí, I.A.P.
  • Malala Academia, I.A.P.
  • Parques Alegres, I.A.P.
  • Suma, Sociedad Unida, I.A.P. (SUMA)
  • Vida y Familia Culiacán, I.A.P.

Sonora

  • Agrupación George Papanicolaou, A.C.
  • Banco de Alimentos de Hermosillo, I.A.P.
  • Banco de Ropa de Hermosillo, I.A.P.
  • Bienestar para la Niñez Sonorense, A.C.
  • Casa Guadalupe Libre, I.A.P.
  • Centro de Formación para la Mujer, I.A.P.
  • Centro del Trabajador de la Construcción, I.A.P.
  • Fundación Don Juan Navarrete y Guerrero, I.A.P.
  • Grameen Noroeste, A.C.
  • Imagina MY, I.A.P.
  • Instituto Francisco Javier Saeta, I.A.P.
  • Medio Ambiente y Comunidad CEDO, A.C.
  • Piel con Vida, A.C.
  • Un Paso a Tiempo, I.A.P.

Veracruz

  • Banco de Alimentos Maná, A.C.
  • Vida en Abundancia de México, A.C.

Yucatán

  • Asociación para la Equinoterapia, A.C.
  • Edúcate Yucatán, A.C.
  • Fundación del Empresariado Yucateco, A.C. (FEYAC)

Zacatecas

  • Fundación Universidad Autónoma de Zacatecas, A.C.
Imagen ilustrativa de dos personas celebrando la obtención de la Acreditación en Institucionalidad y Transparencia.
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